Decreto Ejecutivo Nº 1 de 9 de enero de 2009, 'POR EL CUAL SE CREA EL COMITÉ NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO EN PANAMA'

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto Ejecutivo No. 1

(De 9 de enero de 2009)

"POR EL CUAL SE CREA EL COMITÉ NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO EN PANAMA"

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales

CONSIDERANDO:

Que la evidencia científica ha demostrado incuestionablemente que se ha iniciado un cambio climático a nivel global, cuyas consecuencias afectarán negativamente las posibilidades de desarrollo económico y social, así como a los sistemas naturales, no sólo a escala mundial sino también a escala regional y local, provocando serios problemas de salud, nutrición y de seguridad alimentaria, entre otros.

Que la República de Panamá es signatario tanto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático de 1992 como del Protocolo de Kyoto de 1997, que establecen los acuerdos y líneas de acción sobre la temática del cambio climático a nivel mundial.

Que mediante Decreto Ejecutivo No.35 del 26 de febrero de 2007 se aprobó la "Política Nacional de Cambio Climático, sus principios, objetivos y líneas de acción" y que tiene entre sus objetivos específicos y líneas de acción "crear mecanismos de coordinación de estrategias de intervención a través de las cuales el Sector Público y la Sociedad Civil contribuyan al cumplimiento de los acuerdos asumidos por el Estado panameño en relación al cambio climático".

Que la Ley 41 de 1998 "General de Ambiente de la República de Panamá" designa a la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), como entidad autónoma rectora del Estado en materia de recursos naturales y medio ambiente, en su artículo 5 y en su artículo 7, le confiere la atribución de "representar a la República de Panamá, ante los organismos nacionales e internacionales, en lo relativo a su competencia…".

Que el artículo 78 de la Ley 41 de 1998, establece que La Autoridad Nacional del Ambiente, junto con las entidades competentes, será la encargada de normar todo lo relativo a la calidad del aire, establecido programas de seguimiento controlado, los niveles y parámetros permisibles con el objeto de proteger la salud, los recursos naturales y la calidad del ambiente.

Que, como consecuencia de lo anterior, la Autoridad Nacional del Ambiente es Punto Focal de la República de Panamá ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Que la adaptación al cambio...

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