Resolución Nº No. 24-08 de 6 de marzo de 2008, "POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA ESCOGENCIA DE LOS REPRESENTANTES PROVINCIALES Y COMARCALES DE LOS USUARIOS DEL TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE".

RESOLUCION Nº 24-08

(de 6 de marzo de 2008)

EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ,

en uso de sus facultades legales

CONSIDERANDO:

Que con la promulgación de la Ley Nº 46 de 6 de agosto de 2002 se adicionó el numeral 8 al artículo 7 de la Ley Nº 34 de 1999 para incluir en la Junta Directiva de la Autoridad de Transito y Transporte Terrestre a dos(2) representantes a nivel nacional, un principal y un suplente, escogidos de entre los usuarios del transporte público de pasajeros por provincia y uno de las comarcas, siendo encomendada a la Defensoría del Pueblo la responsabilidad de desarrollar este proceso.

Que en virtud de la Ley Nº 42 de 22 de octubre de 2007, se reformó la Ley Nº 14 de 1993 sobre el Transporte Terrestre Público de Pasajeros y la Ley Nº 34 de 1999 sobre el Tránsito y Transporte Terrestre, modificándose la composición e integración de la Junta Directiva de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre y determinándose que en la misma estarán cuatro (4) representantes principales y cuatro (4) suplentes para un periodo de dos(2) años, escogidos entre los usuarios del transporte público terrestre de pasajeros de cada provincia y uno(1) de las comarcas, atribuyéndosele nuevamente esta obligación a la Defensoría del Pueblo.

Que dando cumplimiento a esta disposición legal, la Defensoría del Pueblo ha preparado el presente Reglamento, procurando la mayor y más amplia participación ciudadana y lograr así la selección de los representantes de los usuarios del transporte público terrestre de cada provincia y uno(a)(1) de las comarcas y finalmente, la escogencia de los cuatro(4) representantes principales y cuatro(4) suplentes de los usuarios del transporte a nivel nacional que formarán parte de la Junta Directiva de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre.

Que conforme al artículo 24 de la Ley N° 6 de 22 de enero de 2002, la Defensoría del Pueblo ha efectuado las consultas públicas correspondientes con las organizaciones de usuarios del transporte público de pasajeros sobre este Reglamento, recibiendo los aportes, sugerencias y modificaciones que han sido incorporadas al mismo.

En consecuencia, el Defensor del Pueblo de la República de Panamá,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

APRUÉBASE el Reglamento para la escogencia de los(as) representantes provinciales y comarcales de los usuarios del transporte público terrestre, cuyo texto es el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ESCOGENCIA DE LOS(AS) REPRESENTANTES PROVINCIALES Y COMARCALES DE LOS USUARIOS DEL TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE DE PASAJEROS

Artículo 1

REPRESENTANTES PROVINCIALES Y COMARCALES. En cada provincia se escogerá un(a)(1) representante y a uno(a) (1) de las comarcas donde se realiza la prestación del servicio de transporte público terrestre de pasajeros, como representante de los usuarios a fin de elegir de entre ellos(as), a cuatro(4) representantes principales y cuatro(4) suplentes que formarán parte de la Junta Directiva de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre.

Artículo 2

REQUISITOS PARA LA POSTULACION COMO CANDIDATO(A) A REPRESENTANTE PROVINCIAL O COMARCAL DE LOS USUARIOS DEL TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE. Para postularse como candidato(a) a representante provincial o comarcal de los usuarios del transporte público terrestre se requiere:

Ser persona natural;

Ser residente de la provincia o comarca por la cual se postula;

Demostrar que utiliza permanente el servicio de transporte público terrestre en cualquiera de sus formas;

No ser propietario(a) de vehículo particular de motor;

No ser él(ella) ni sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, concesionarios(as) de certificado de operación otorgado por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.

Artículo 3

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN. Dentro del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR