Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 14 de Agosto de 2007

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución14 de Agosto de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La firma forense Watson & Asocciates, actuando en nombre y representación de la sociedad SEGURIDAD UNIDA, S.A., ha presentado Excepción de Inexistencia de la Obligación, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia.

Encontrándose la excepción en etapa de revisión, la Sala advierte que el presente incidente no es admisible por las razones que se proceden a explicar.

Dentro de las disposiciones que regulan las excepciones dentro de los procesos ejecutivos, el artículo 1682 del Código Judicial dispone:

Artículo 1682. Dentro de los ocho días siguientes a la

notificación del mandamiento ejecutivo, puede el ejecutado proponer las

excepciones que crea le favorezcan; pero no se suspenderá la práctica de las

diligencias ejecutivas, las cuales deben adelantarse hasta poner el proceso en

estado de dictar auto de remate, para aguardar la decisión sobre las

excepciones que se hayan propuesto. "

Tal como se observa en el expediente ejecutivo, el Auto Nº406-2007 de 3 de mayo de dos mil siete (2007), que libra mandamiento de pago, fue notificado a los apoderados de la empresa el dos (2) de julio de dos mil siete (2007), como consta en el sello de notificación visible a foja 16. De la misma forma, es visible a foja 4 del expediente de la excepción, que la misma fue recibida en el Juzgado Ejecutor de la Autoridad de Protección al Consumidos y Defensa de la Competencia el día 13 de julio de 2007.

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