Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 8 de Junio de 2006

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado C.C.G., quien actúa en nombre y representación de KAISER LATIN AMERICAN DEVELOPMENT, INC. ha promovido escrito de oposición a la admisión de la sociedad MIDWAY MARINE INVESTORS, S.A. como tercero dentro del Proceso Contencioso-Administrativo de Plena Jurisdicción presentado en contra de la Resolución 198 de 29 de abril de 2004 emitida por el Administrador General de la Autoridad de la Región Interoceánica.

A juicio del opositor, la sociedad MIDWAY MARINE INVESTORS, S.A. no ha probado su legitimidad para actuar en el proceso, ni ha acreditado prueba alguna que demuestre el interés que tiene sobre el resultado del mismo, contraviniendo lo consagrado en el Artículo 43 B de la Ley 135 de 1943 que dispone:

"Artículo 43 B: En las acciones de nulidad de un acto administrativo, cualquier persona puede pedir que se le tenga como parte para coadyuvar o impugnar la demanda.

En las demás clases de acciones el derecho de intervenir como parte sólo se reconoce a quien acredite un interés directo en las resultas del juicio.

Si alguna de las partes se opusiera a la intervención, la oposición se sustanciará como incidente".

Por otra parte, argumenta que la sociedad que ha solicitado su intervención como terceros, presentó un memorial identificado como "presentación de pruebas", siendo contraproducente que dicho escrito haya sido recibido, no siendo dicha sociedad parte en el proceso.

Dadas las consideraciones expuestas, el apoderado especial de Kaiser Latin American Development, Inc. solicita a esta Superioridad que no se admita a la sociedad MIDWAY MARINE INVESTORS, S.A. como tercero dentro del Proceso Contencioso-Administrativo de Plena Jurisdicción interpuesto en contra de la Resolución Administrativa 198 de 29 de abril de 2004 proferida por el Administrador General de la Autoridad de la Región Interoceánica.

Por su parte, la sociedad que requiere se le admita como tercero interesado, representada por la firma de abogados De Obaldía & García de Paredes, presentó ante esta Superioridad la contestación a la oposición de tercería formulada por Kaiser Latin American Development, Inc., afirmando haber aportado al expediente pruebas del interés legítimo de participar en el proceso.

Argumenta que la autoridad demandada (Autoridad de la Región Interoceánica, ARI) en el proceso promovido ante esta S., le autorizó la contratación para el desarrollo de un proyecto de marina residencial turística en la finca 146144, inscrita al Rollo 18598...

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