Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Marzo de 2003

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Lcdo. E.L., en representación de ISAAC HANONO MISSRI, interpuso ante la Sala Tercera excepción de prescripción dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que el Banco Nacional de Panamá le sigue a SESAMO INTERNACIONAL, S.A. y a I.H.M..

En el punto relativo a los hechos de la excepción se plantea como aspectos medulares, que el día 5 de junio de 1984 el Banco Nacional de Panamá libro mandamiento de pago ejecutivo contra SESAMO INTERNACIONAL, S.A. y/oI.H.M., hasta la concurrencia de B/.449.446.81; que éste último se notificó del auto de mandamiento de pago el 20 de junio de 1984; que mediante Auto de 10 de septiembre de 1987 el Banco Nacional de Panamá levantó el secuestro elevado a embargo que pesaba sobre la cuota parte de Finca 21707, inscrita al Tomo 517, Folio 172, Sección de Propiedad de la provincia de Panamá, propiedad del señor H.M., en razón del pago de B/.30,000.00.; que desde la fecha en que se efectuó el pago, esto es, el 20 de noviembre de 1987, hasta el 14 de junio de 2002, no produjo ninguna actuación dentro del expediente ejecutivo, contra los ejecutados; que desde que se dictó el Auto de mandamiento de pago han transcurrido más de quince (15) años y casi catorce (14) desde la última actuación, por lo que el derecho del Banco Nacional de Panamá a exigir el cumplimiento de la obligación que fue reconocida con la notificación del Auto ejecutivo ha prescrito, según los artículos 1701 y 1709 del Código Civil.

Tal como afirma el Lcdo. L., el examen del expediente ejecutivo revela que el Juez Ejecutor del Banco Nacional de Panamá dictó el Auto de 5 de junio de 1984, mediante el cual libró mandamiento de pago contra la sociedad SESAMO INTERNACIONAL, S. A. e I.H.M., hasta la concurrencia de B/.449.446.81 y que dicho Auto fue notificado personalmente al señor H.M. el día 20 de junio de 1984 (Cfr. fs. 21-22). De igual modo, de la foja 190 a la 192 del mismo expediente consta el libelo que contiene la excepción de prescripción, fechado 10 de diciembre de 2002, recibido en la Secretaría de la Sala el 9 de enero de 2003 (f. 4 del...

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