Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 11 de Abril de 2022

PonenteMaribel Cornejo Batista
Fecha de Resolución11 de Abril de 2022
EmisorSegunda de lo Penal

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Segunda de lo Penal

Ponente: Maribel Cornejo Batista

Fecha: 11 de abril de 2022

Materia: Casación penal

Expediente: 17-2022C

VISTOS:

Para resolver su admisibilidad, conoce la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Recurso de Casación en el fondo, formalizado por el Licenciado C.L.L., defensor público de ELVIS DEL CARMEN RODRÍGUEZ, contra la Sentencia de 2da. I.. N°64 de 1 de julio de 2021, dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, Sala Transitoria, la cual confirma la Sentencia N°1 de 6 de enero de 2021, emitida por el Juzgado Liquidador de Causas Penales de Panamá Oeste, que declaró culpable a E.D.C.R. y otros, y los condenó a la pena de 6 años y 8 meses de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos por el término de 5 años, una vez cumplida la pena principal, como autores del delito de Violación agravada, en perjuicio de la menor N.E.B.

Vencido el término de lista para que las partes tuvieran conocimiento del ingreso del negocio a la Sala (fs.414), corresponde examinar el recurso presentado.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

Al analizar los requisitos a cumplir en la presentación de este medio de impugnación extraordinario, la Sala observa que la resolución es susceptible del recurso, de conformidad con el artículo 2430 del Código Judicial, en virtud que se trata de una sentencia definitiva de segunda instancia, dictada por un Tribunal Superior de Distrito Judicial, por un delito que tiene señalada una pena superior a dos años de prisión. De igual forma, consta en el expediente que el anuncio y formalización del recurso se hizo oportunamente, por persona hábil para ello y fue dirigido al Magistrado Presidente de la Sala Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 101, 2434, 2435 y 2436 del Código Judicial.

En cuanto al contenido del recurso, se procede a verificar si el escrito reúne los requisitos establecidos en el numeral 3 del artículo 2439 del Código Judicial.

En tal sentido, se verifica que la historia concisa del caso cumple con los requerimientos establecidos por la Jurisprudencia de la Sala, ya que el casacionista resumió correctamente los hechos principales del proceso, en sus distintas fases, de forma breve y precisa, sin contener apreciaciones subjetivas o transcripciones del contenido de las pruebas.

Única causal

El recurrente citó el "Error de Derecho en cuanto a la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo impugnado, que implica infracción de la ley sustancial penal", contenida en el numeral 1 del artículo 2430 del Código Judicial siendo enunciada de manera correcta.

La misma se sustenta en tres motivos, a cuyo análisis se procederá, previa conceptualización del criterio de la Jurisprudencia de la Sala, en relación con los parámetros que deben cumplir los motivos, cuando son sustentadas las...

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