Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 27 de Abril de 2022

PonenteMaribel Cornejo Batista
Fecha de Resolución27 de Abril de 2022
EmisorSegunda de lo Penal

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Segunda de lo Penal

Ponente: Maribel Cornejo Batista

Fecha: 27 de abril de 2022

Materia: Casación penal

Expediente: 226-2021C

VISTOS:

Para resolver sobre su admisibilidad, conoce la Sala Segunda Penal de la Corte Suprema de Justicia, del Recurso de Casación en el fondo formalizado por el licenciado C.A.H. de la firma forense Asesores Jurídicos Diversificados, apoderado judicial del procesado B.J.Q., contra la Sentencia de 2da. I.. N°16 de 25 de febrero de 2021, dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante la cual se revocó la Sentencia N°10 de 21 de mayo de 2019, del Juzgado Primero de lo Penal del Circuito Judicial de Colón, y, en su lugar, declaró penalmente responsable a JAÉN QUIJANO, como autor del delito de Corrupción de Servidores Públicos, e impuso la pena 32 meses de prisión y la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por el período de 1 año.

Vencido el término de fijación en lista, procede la Sala a examinar el escrito con el propósito de determinar si cumple con los requisitos que condicionan su admisibilidad, contemplados en los artículos 2430 y 2439 del Código Judicial.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

Al analizar los requisitos a cumplir en la presentación de este medio de impugnación extraordinario, la Sala observa que la resolución es susceptible del recurso, de conformidad con el artículo 2430 del Código Judicial, en virtud que se trata de una sentencia definitiva de segunda instancia, dictada por un Tribunal Superior de Distrito Judicial, por un delito que tiene señalada una pena superior a dos años de prisión. De igual forma, consta en el expediente que el anuncio y formalización del recurso se hicieron oportunamente, por persona hábil para ello y fue dirigido a la Magistrada Presidenta de la Sala Segunda de lo Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 101, 2434, 2435 y 2436 del Código Judicial.

En cuanto al contenido del recurso, la sección relativa a la historia concisa del caso, en términos generales, ha sido desarrollada correctamente, el recurrente menciona las principales piezas procesales del expediente, que dieron lugar a la sentencia impugnada, sin embargo, en su último párrafo refiere que "para llegar a la decisión antes mencionada, el Tribunal Ad-quem consideró que existen un conjunto de pruebas en contra de nuestro representado como lo es la diligencia de allanamiento y testimonio de policías", afirmación que deviene en innecesaria, pues no resulta útil a los fines de este apartado.

La única causal invocada es la de Error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del...

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