Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 13 de Mayo de 2022

PonenteMaría Eugenia López Arias
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2022
EmisorSegunda de lo Penal

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Segunda de lo Penal

Ponente: María Eugenia López Arias

Fecha: 13 de mayo de 2022

Materia: Casación penal

Expediente: 53-2022C

VISTOS:

El Licenciado SAMUEL DUQUE CONCEPCIÓN, apoderado judicial de la señora V.A.S.B., ha presentado escrito contentivo del Recurso de Casación, contra la Sentencia N°097 S.I. de veintiuno (21) de octubre de dos mil veinte (2020), dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante la cual se reforma la Sentencia N°36 de veintiséis (26) de agosto de dos mil diecinueve (2019), proferida por el Juzgado Primero de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, en el sentido de condenarla a la pena de tres (3) años y cuatro (4) meses de prisión y como pena accesoria, la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual período, una vez cumplida la pena principal, en calidad de cómplice secundaria del delito de Estafa Agravada, en perjuicio de la señora A.G. COSTA.

Cumplido el término de ocho (8) días al que se refiere el artículo 2439 del Código Judicial para que las partes adquieran conocimiento del ingreso del negocio, la Sala procede a examinar si el Recurso interpuesto cumple con los presupuestos de Ley exigidos para su admisibilidad.

De conformidad con el artículo 2430 del Código Judicial, se aprecia que el Recurso ha sido formulado por persona hábil para recurrir; fue anunciado y sustentado dentro del término de Ley; se orienta contra una resolución judicial susceptible de ser impugnada vía Casación; el delito es sancionado con pena superior a dos (2) años y el memorial se dirige al Presidente de la Sala Penal, tal como lo establece el artículo 101 del Código Judicial.

Ahora procede la Sala a efectuar el escrutinio de los presupuestos legales que conciernen a la estructura formal del Recurso, examinando en primer lugar, el apartado que consigna la Historia Concisa del Caso.

El criterio jurisprudencial sobre esta sección del Recurso que ocupa la atención de la Sala, sugiere que:

"... la historia concisa del caso debe ser breve, sucinta, destacándose las circunstancias fácticas, que dieron origen a la encuesta penal, y en la que se debe hacer mención únicamente de las principales piezas procesales del expediente, tales como la situación fáctica concreta, la Vista Fiscal, el Auto de Vocación a Juicio, si fuere el caso, y principalmente las consecuencias, un pequeño alegato de la posición de las...

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