Resolución Nº AUPSA-CTI-065-2007 de 24 de septiembre de 2007, 'POR MEDIO DEL CUAL SE APLICAN MEDIDAS FITOSANITARIAS, POR EL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA FRESAS (FRAGARIA ANANASSA) FRESCAS O REFRIGERADAS, PARA CONSUMO HUMANO, IMPORTADAS DE COLOMBIA'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

RESOLUCIÓN AUPSA - CTI - 065- 2007

(De 24 de Septiembre de 2007)

"Por medio del cual se aplican Medidas Fitosanitarias, por el incumplimiento de los requisitos fitosanitarios para Fresas (Fragaria ananassa) frescas o refrigeradas, para consumo humano, importadas de Colombia"

LA COMISIÓN TÉCNICA INSTITUCIONAL,

en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA), como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducción de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científicos y técnicos.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del país, mediante la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introducción de alimentos al territorio nacional.

Que el Resuelto AUPSA-DINAN- 032 -2007 de 25 de Enero de 2007, establece que las fresas (Fragaria ananassa) frescas o refrigeradas, deben estar amparadas por un certificado fitosanitario, expedido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen, el cual se certifique que el embarque procede de áreas libres de plagas cuarentenarias para Panamá y esta libre de insectos vivos de cualquier tipo, así como también de otros contaminantes biológicos, químicos y físicos.

Que el Certificado Fitosanitario No. CV07-049139 emitido por el Instituto Colombiano de Agricultura, para las fresas frescas (50 unidades de 450 gr.) arribadas al Aeropuerto Internacional de Tocumen, en Panamá, el día 12 de Septiembre de 2007, con notificación Nº 85220-In, del día 04 de Septiembre de 2007, verificado en el punto de ingreso con el formulario No. 38029, del día 12 de septiembre de 2007, declara lo siguiente: "Por la presente se certifica que las plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados descritos aquí se han inspeccionado y/o sometidos a ensayo de acuerdo con los procedimientos oficiales adecuados y se considera que están libres de plagas cuarentenarias especificadas por el país importador...

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