Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 1 de Febrero de 2002

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2002
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

En grado de apelación, ingresa a esta Corporación de Justicia, la resolución fechada 23 de noviembre de 2001, expedida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante la cual se declara legal la detención preventiva de E.G.S., sindicado por delito Contra el Patrimonio en perjuicio de la Compañía Expreso del Pacífico.

Notificado de dicha resolución, el imputado G.S., apela, por lo que se concede en el efecto suspensivo, a fin de que sea resuelta la alzada.

FUNDAMENTO DE LA RESOLUCIÓN APELADA

El Segundo Tribunal Superior de Justicia, a través de resolución calendada 23 de noviembre de 2001, en su parte medular, expuso lo siguiente:

"TERCERO: En ese orden de ideas, se evidencia que la medida atacada fue dictada por autoridad competente, en este caso, el señor F.A. de la República mediante resolución de 22 de agosto de 2001 (fs. 42-43).Esta medida se mantuvo por la Fiscal Décimo Cuarta del Circuito Judicial de Panamá, a través de la resolución del 27 de agosto de 2001 (fs. 50), por lo que se colige que dicha orden cumple con las formalidades contenidas en el artículo 2152 del Código Judicial.

CUARTO

De lo actuado se colige que el delito que se le imputa al señor G.S. es el de robo a mano armada el cual se encuentra regulado en el artículo 186 del Código Penal y conlleva pena que oscila de 5 a 7 años de prisión.

QUINTO

Al revisar los presupuestos contenidos en el artículo 2140 del Código Judicial, se concluye que se han cumplido con dichos requisitos, toda vez que en los autos figuran las pruebas que acreditan la existencia del hecho punible y la vinculación del implicado con este delito. Además, el ilícito por el cual se investiga al prenombrado G.S. es sancionado con pena mínima que excede de 2 años de prisión." (fs. 13-17)

CONSIDERACIONES DEL PLENO

El Tribunal A-Quo nos remite el sumario seguido al señor E.A.G.S., sindicado por la supuesta comisión de un delito Contra el Patrimonio en perjuicio de la Empresa Expreso del Pacífico, contentivo de 87 fojas (Copias autenticadas).

Nos corresponde como Tribunal de Habeas Corpus, examinar la situación procesal del beneficiado con la presente acción a fin de verificar si se han cumplido las garantías constitucionales y legales para mantenerlo privado de su libertad corporal.Veamos:

La presente investigación se inicia con la denuncia suscrita por K.K.R.T., quien manifestó, que el día lunes 6 de agosto, aproximadamente a las 6:10 a. m., cuando se encontraba...

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