Fallo Nº 676-08 de 21 de diciembre de 2009, 'POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA QUE NO ES ILEGAL, LA RESOLUCIÓN AN N° 1287 ELEC DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2006, EXPEDIDA POR EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS'.
ENTRADA N�676-08
DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD INTERPUESTA POR EL LICENCIADO RAFAEL BENAVIDES, EN REPRESENTACI�N DE ISIDRO MART�NEZ RODR�GUEZ, NICOLAS MART�NEZ PINTO, ALFONSO RODRIGUEZ BONICHE, PANTALEON CAMARENA V�SQUEZ Y OTROS, PARA QUE SE DECLARE NULA, POR ILEGAL, LA RESOLUCI�N AN N� 1287 ELEC DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2005 DE 2006, EMITIDA POR EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS P�BLICOS.
MAGISTRADO PONENTE: HIP�LITO GILL SUAZO.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-
Panam�, veintiuno (21) de diciembre de dos mil nueve (2009).-
V I S T O S:
El licenciado Rafael Benavides A., actuando en nombre y representaci�n de ISIDRO MART�NEZ Y OTROS ha presentado Demanda Contencioso-Administrativa de Nulidad, para que se declare nula, por ilegal, la Resoluci�n AN No. 1287 Elec de 15 de noviembre de 2007, expedida por el Administrador General de la Autoridad Nacional de los Servicios P�blicos (en adelante La Autoridad).
La Resoluci�n AN N� Elec 1287 de 15 de noviembre de 2006, dispuso prorrogar por un periodo adicional de doce (12 ) meses el plazo otorgado a la empresa Hidroel�ctrica Los Estrechos, S.A., para que presentara copia debidamente autenticada de la Resoluci�n que apruebe el Estudio de Impacto Ambiental y del contrato de concesi�n permanente para el uso del recurso h�drico denominado r�o Cobre, afluente del r�o San Pablo relativos a la Central Hidroel�ctrica Los Estrechos, asimismo, que se�ala que el nuevo plazo venc�a el 6 de noviembre de 2008. As�, piden las partes actoras que se declare nula por ilegal la resoluci�n en menci�n.
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FUNDAMENTO DE LA DEMANDA
Al sustentar los hechos de la demanda, explica el apoderado judicial de los demandantes que la entidad demandada, autoriz� mediante resoluci�n AN N�3560 de 24 de octubre de 2002, a la empresa Hidroel�ctrica Los Estrechos, S.A., para que solicitara a la ANAM la aprobaci�n del Estudio de Impacto Ambiental, del proyecto Central Hidroel�ctrica Los Estrechos, y a celebrar el contrato de concesi�n de aguas, concedi�ndole para ello un plazo de (12) meses, contados a partir de 6 de noviembre de 2002.
No obstante, se explica que desde esa fecha la empresa en menci�n no ha presentado a La Autoridad copia de esa aprobaci�n del Estudio de Impacto Ambiental, como tampoco del contrato de concesi�n de aguas, en virtud del cual esa autoridad le ha concedido varias pr�rrogas, a trav�s de las Resoluciones JD-4242 de 2 de octubre de 2003, N� JD-5044 de 26 de noviembre de 2004, N� JD-5727 de 15 de diciembre de 2005 y N� 1161-Elec de 24 de septiembre de 2007.
Por otro lado, sustenta el apoderado judicial que la resoluci�n AN N�1161 de 24 de septiembre de 2007, fue impugnada por medio de recurso de reconsideraci�n el cual fue resuelto, denegando el mismo, advirtiendo al mismo tiempo de que qued� agotada la v�a gubernativa, sin embargo, La Autoridad por medio del acto acusado de ilegal, otorg� a la empresa Hidroel�ctrica una nueva pr�rroga.
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DISPOSICI�N QUE FIGURA COMO INFRINGIDA POR LA RESOLUCI�N DEMANDADA.
La �nica norma que figura en la presente demanda como infringida por el acto demandado, lo es el art�culo 62 de la Ley 38 de 2000, modificado por la Ley 62...
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