Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Julio de 2019

PonenteEfrén Cecilio Tello Cubilla
Fecha de Resolución11 de Julio de 2019
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Efrén Cecilio Tello Cubilla

Fecha: 11 de julio de 2019

Materia: Acción contenciosa administrativa

Impedimento

Expediente: 806-17

VISTOS:

La Licenciada M.C.A., Secretaria General de la Procuraduría de la Administración, ha solicitado a esta Superioridad, que la declaren impedida en la tramitación del presente proceso contencioso administrativo de plena jurisdicción, interpuesto por la firma forense Estudio Jurídico Araúz, en su condición de apoderados judiciales de la sociedad Grupo F. Internacional, S.A., para que se declare nula, por ilegal, la Negativa Tácita por Silencio Administrativo en que incurrió la Autoridad Marítima de Panamá, al no resolver la Solicitud de Prórroga del Contrato A2-033-2002, de Concesión Marítima celebrado entre la Autoridad Marítima de Panamá y el Grupo F. Internacional, S.A.

La manifestación de impedimento de la Secretaría General de la Procuraduría de la Administración, se fundamenta principalmente en lo siguiente:

Acudo ante usted con la finalidad de poner en su conocimiento que el Licenciado J.G.C.A., quien es el apoderado especial sustituto de la sociedad demandante en el negocio jurídico bajo estudio, el cual ha actuado en el proceso que nos ocupa mediante la presentación de una solicitud formulada al Tribunal visible a foja 62 del expediente, estuvo casado con mi hermana, la Licenciada Lalila Castillo Arjona, por lo que existió un vínculo de parentesco en el segundo grado de afinidad entre aquél y mi persona; lo que me coloca en la causal de impedimento establecida en el numeral 1 del artículo 760 del Código Judicial, en virtud del artículo 395 de ese cuerpo normativo y en relación con el artículo 778 del mismo instrumento jurídico...

Debo anotar, que aunque en la actualidad el Licenciado J.G.C.A. y mi hermana están divorciados, lo cierto es, que dicha causal se mantiene, tal como lo establece el artículo 761 del Código Judicial...

En este contexto, hago énfasis en que he recurrido a la aplicación supletoria de las causales de impedimento contenidas en el artículo 760 del Código Judicial para Jueces y Magistrados, las cuales al tenor de lo establecido en el artículo 395 de ese instrumento jurídico son extensivas a los agentes del Ministerio Público y que, según lo dispuesto en el 778 del mismo cuerpo normativo resultan aplicables a los suplentes y secretarios. De igual manera, destaco que bajo estas...

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