Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 11 de Junio de 2004

PonenteVirgilio Trujillo López
Fecha de Resolución11 de Junio de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Magistrado A.S.C., muy respetuosamente ha solicitado al resto de los Magistrados que integran el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, lo separen del conocimiento de la acción de Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta por la firma S., Endara, D. &G. apoderados judiciales de la empresa Knowledge of English Panama, K.O.E., Inc contra la Sentencia PJ-6-Nº21-03 de 5 de junio de 2003 expedida por la Junta de Conciliación y Decisión Nº6.

Sustenta su petición el H.M.A.S. en que "antes de fungir como Magistrado de la Corte Suprema laboré en la firma S., Endara, D. &G. como litigante , sociedad civil que en el presente proceso actúa como apoderada judicial del amparista. Considera que esta circunstancia se encuadra en la causal de excusación prevista por el numeral 5 del artículo 760 del Código Judicial".

Observa el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, que la causal invocada por el Magistrado A.S. no es de aquellas específicamente establecidas para la acción de Amparo de Garantías Constitucionales, las cuales se encuentran enunciadas en el artículo 2628 del Código Judicial, cuyo contenido es el siguiente:

"Artículo 2628: Los magistrados y jueces que conozcan esta clase de asuntos se manifestarán impedidos cuando sean parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad de alguna de las partes o de sus apoderados o hayan participado en la expedición del acto".

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