Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 29 de Abril de 2004

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución29 de Abril de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El M.A.H., ha manifestado al resto de los Magistrados que integran el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la causal por la que se considera impedido para conocer de la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta por el licenciado E.R.M. en representación del señor BUENAVENTURA URRIOLA, contra la resolución PJCD-Nº81-2002 proferida por la Junta de Conciliación y Decisión Nº 1.

El fundamento utilizado por el Magistrado Hoyos para declararse impedido consiste en el hecho que en la actualidad mantiene una denuncia ante la Comisión de Credenciales, Justicia Interior, Reglamento y Asuntos Judiciales de la Asamblea Legislativa, interpuesta por el licenciado E.R.M..

En virtud de lo expresado y en atención a lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 760 del Código Judicial, solicita se le declare impedido y, en consecuencia, lo separen del conocimiento de la acción impetrada.

El fundamento jurídico expresado por el M.A.H., es del tenor siguietne:

"Artículo 760: Según magistrado o juez podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido, Son causales de impedimento.

1 ....

11-Tener alguna de las partes proceso, denuncia o querella pendiente o haberlo tenido dentro de los dos años anteriores, contra el juez o magistrado, su conyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos;"

Verificado...

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