Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 30 de Diciembre de 2004

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La magistrada ESMERALDA AROSEMENA de TROITIÑO ha presentado ante los demás Magistrados que conformamos el Pleno de esta Corporación de Justicia, escrito mediante el cual solicita se le separe del conocimiento del Amparo de Garantías Constitucionales presentado por el licenciado C.C.G. en representación de S.M.L.S., contra la orden de hacer contenida en el Auto No. 68 de 3 de mayo de 2004 dictado por el Juzgado Primero Penal de Adolescente del Primer Circuito Judicial de Panamá.

Fundamenta su solicitud en el hecho de que intervino en la expedición de la resolución de fecha 16 de julio de 2003, (fs. 34-36) de igual forma tuvo conocimiento de la resolución fechada 6 de septiembre de 2004 consultable a fojas (37-40) cuyo fundamento jurídico está contenido en el artículo 2628 del Código Judicial que a su tenor señala:

Los magistrados y jueces que conozcan esta clase de asuntos se manifestarán impedidos cuando sean parientes dentro del segundo grado de consaguinidad o primero de afinidad de alguna de las partes o de sus apoderados o hayan participado en la expedición del acto.

En virtud de lo expuesto, observa el Pleno que efectivamente, la razón planteada por la Magistrada Esmeralda de T. se ajusta a lo dispuesto en el artículo 2628 del Código Judicial, razón por la...

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