Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 6 de Agosto de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Honorable Magistrado W.S.F., ha manifestado impedimento para conocer de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción interpuesta por el licenciado C.L., actuando en nombre y representación de M.A.C., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No.147 de 14 de mayo de 2001, dictada por el Ministro de Gobierno y Justicia, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

El Magistrado Spadafora fundamenta su impedimento en los siguientes términos:

"Pongo en conocimiento de ustedes que me encuentro impedido para conocer de la demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por el licenciado C.L., en representación de M.A.C., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº147 de 14 de mayo de 2001, dictada por el Ministro de Gobierno y Justicia, el acto confirmatorio, y se hagan otras declaraciones. Esta manifestación de impedimento obedece a que participé en el dictamen del auto impugnado, en calidad de Ministro de Gobierno y Justicia, tal como se aprecia a foja 1 del expediente.

Fundamento mi impedimento en el numeral 2 del artículo 78 de la Ley 135 de 1943 que preceptúa lo siguiente:

Artículo 78. Son causales de impedimento y recusación en los miembros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo las siguientes:

  1. -...

Haber dictado el acto o providencia de cuya revisión se trate, o haber contribuido a dictarlo, o haber ejecutado o contribuido a ejecutar el hecho u operación administrativa sobre que versa la actuación.

En vista de lo expresado, solicito respetuosamente que me...

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