Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 8 de Mayo de 2004

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Magistrado W.S. ha presentado solicitud para que se le declare impedido y, en consecuencia, se le separe del conocimiento del Incidente de Rescisión de Secuestro interpuesto por la firma Alemán, C., G. &L., en representación del Primer Banco del Istmo, S.A., dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas le sigue a C.E.S.P..

Para fundamentar la solicitud de impedimento, el Magistrado SPADAFORA invocó la causal contenida en el numeral 7 del Artículo 760 del Código Judicial, indicando que "...soy deudor de la entidad bancaria que actúa como tercerista, toda vez que, mantengo con ésta contrato de tarjeta visa, convirtiéndome en deudor de la misma..."

Al analizar la solicitud presentada, esta Superioridad estima que el hecho invocado por el Honorable Magistrado, efectivamente se enmarca dentro del supuesto previsto, razón por la cual es procedente acceder a lo pedido.

Por consiguiente, el resto de los Magistrados que integran la Sala Tercera de la Corte Suprema...

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