Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 1ª de lo Civil, 26 de Marzo de 2002

PonenteALBERTO CIGARRUISTA CORTEZ
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2002
EmisorSala Primera de lo Civil

VISTOS:

El Honorable Magistrado JOSÉ A. TROYANO, solicita al resto de los Magistrados que integran la Sala de lo Civil, lo declaren impedido para conocer el recurso de casación interpuesto por el Licenciado DARÍO EUGENIO CARRILLO GOMILA, en su condición de apoderado judicial de B.Q.D.N., contra la resolución proferida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial el 3 de agosto de 2001 dentro del proceso de prescripción adquisitiva de dominio instaurado por PATRIA CORONADO DE ABREGO contra A.K.S. y M.I.S..

En el escrito de manifestación de impedimento, que consta a foja 764, se expresa lo siguiente:

"Por medio de la presente, deseo manifestarme impedido para conocer el recurso de casación interpuesto por el Licdo. D.E.C.G. en nombre y representación de la señora BEATRIZ QUELQUEJEAU DE NAVARRO, contra la resolución de 3 de agosto de 2001, proferida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial.

La razón del impedimento es porque considero que se encuentra en vigor la causal 11° del artículo 760 del Código Judicial.

Es conocido por todos que el Licdo. D.C.G. interpuso querella en mi contra ante la Asamblea Legislativa hace menos de dos (años), razón que considero suficiente para declararme impedido en este caso, y así solicito que se declare."

A juicio del resto de la Sala, la circunstancia anotada por el Magistrado J.A.T., configura la causal de impedimento descrita en el numeral 11 del artículo 749 del Código Judicial que preceptúa el "...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR