Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 3 de Marzo de 2009

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

El M.A.C.C. ha promovido formal manifestación de impedimento para conocer el recurso de apelación incoado dentro de la acción de amparo de garantías constitucionales que presentó la firma forense WATSON & ASSOCIATES, en nombre y representación de las sociedades PROMOTORA TERRAMAR, S.A. y AGRO SUR INDUSTRIAL, S.A., contra la resolución de 20 de junio de 2007 dictada por la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia.

El Magistrado CIGARRUISTA fundamentó su solicitud de impedimento en el artículo 2628 del Código Judicial, al considerar que se encuentra impedido para actuar en el proceso porque su esposa, la Licenciada D.V. de CIGARRUISTA, es abogada de la firma que representa a las sociedades demandantes.

Frente a este hecho, tenemos que la norma invocada por el Magistrado CIGARRUISTA establece lo siguiente:

ARTÍCULO 2628. Los magistrados y jueces que conozcan esta clase de asuntos se manifestarán impedidos cuando sean parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad de alguna de las partes o de sus apoderados o hayan participado en la expedición del acto.

Conforme con lo anterior, se observa que la causal de impedimento aducida por el Magistrado CIGARRUISTA se...

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