Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 27 de Agosto de 2009

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

El Magistrado HIPÓLITO GIL SUAZO presenta manifestación de impedimento ante el resto de los miembros que conforman el tribunal de hábeas corpus, por considerar que se encuentra probada la causal atinente a la expedición de la orden que coarta el derecho a la libertad personal o el haber conocido el proceso en primera instancia, prevista en el artículo 2610 del Código Judicial, específicamente, por haber suscrito en primera instancia la sentencia de hábeas corpus calendada 18 de febrero de 2009.

Establecida la declaración de impedimento del Magistrado GIL SUAZO, corresponde identificar, si la causal prevista en el artículo 2610 del Código Judicial se encuentra probada en el presente expediente constitucional.

Para una mejor ilustración, repasemos el contenido del artículo 2610 del Código Judicial, que a su tenor literal expresa:

"ARTÍCULO 2610. En los negocios de Hábeas Corpus no podrán promoverse incidentes de ninguna clase. Tampoco procede ninguna recusación, y los magistrados sólo deben manifestarse impedidos cuando sean parientes dentro del cuarto grado de consaguinidad o segundo de afinidad de alguna de las partes; o cuando hubiesen expedido la orden o conocido del proceso en primera instancia".

De la norma citada se desprende de manera diáfana que en los procesos constitucionales de hábeas corpus, por su brevedad y lo sumarísimo del procedimiento, los magistrados que conforman el plenario sólo podrán declararse impedido por razón de parentesco o afinidad con alguna de las partes o por haber expedido la medida de coerción procesal limitante del derecho a la libertad personal o haber conocido el proceso en primera instancia.

Así, de un examen rápido de los principales autos que conforman el dossier penal se comprueba que la sentencia de 18 de febrero de 2009, proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR