Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 9 de Septiembre de 2009

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El M.J.M., ha solicitado al resto de los magistrados que integran la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, que lo declaren impedido y separen del conocimiento de las sumarias iniciadas por querella presentada por el ROGELIO CRUZ enrepresentación de M.R.V. (PRESIDENTE DEL COMITÉ OLÍMPICO DE PANAMÁ) contra el Licenciado ALVARO VISUETTI (DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO), por la supuesta comisión del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (ABUSO DE AUTORIDAD E INFRACCIÓN DE LOS DEBERES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS).

La manifestación de impedimento solicitada por el M.M., se fundamenta en el hecho que cuando ejerció la profesión de abogado representó al señor R.M., en un proceso penal relacionado con un supuesto delito de peculado cometido en perjuicio del Instituto Nacional de Deportes; señala que dicho proceso fue instruido hasta diciembre de 2007 por la Fiscalía Tercera de Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación y que a partir de dicha fecha asumió la representación del señor MOSCOTE la firma Mejía & Asociados, de la cual fue parte; sin embargo desconoce si en el presente la citada firma continúa representando al señor MOSCOTE.

Asimismo, refiere que en los antecedentes del expediente se aprecia que la conducta cuestionada al Director del Registro Público guarda relación con la autorización de la inscripción provisional de las escrituras públicas 4181 de 20 de marzo de 2007 y 4591 de 27 de marzo de 2007, ambas de la Notaria Novena de Circuito de Panamá, mediante las cuales, según el Licenciado Cruz, el Comité Olímpico eligió de manera presuntamente fraudulenta al señor R.M. como nuevo presidente.

Lo anterior, lo fundamenta en base a lo previsto al numeral 13 del artículo 760 del Código Judicial, que señalan lo siguiente:

Artículo 760. Ningún Magistrado o J. podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido. Son causales de impedimento:

1.......

2.......

...

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