Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 6 de Septiembre de 2004

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La Procuradora de la Administración, licenciada Alma Montenegro de F., remitió a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, manifestación de impedimento para conocer de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por el licenciado M.G., en representación de H.C., G.C., C.B., E.S.O., L.G., R.R., J.T., R.P., I. de G., M.B. y A. De Gracia.

La señora Procuradora solicita la separen del conocimiento de este proceso, argumentando que mediante Nota No. C-255 de 29 de diciembre de 2003, respondió a la consulta formulada por el Director General de la Autoridad Aeronáutica Civil, relacionada con el alcance del artículo 22 de la Ley No. 22 de 29 de enero de 2003, por la cual se crea la Autoridad Aeronáutica Civil.

Por lo expuesto anteriormente, la licenciada Alma Montenegro de F. estima que la opinión jurídica vertida guarda relación directa con la materia objeto de la presente demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, por lo cual se encuentra alcanzada por la causal de impedimento contemplada en el numeral 5, del artículo 760 del Código Judicial.

A juicio de la Sala, las razones expuestas por la señora Procuradora de la Administración configuran la causal invocada, razón por la cual es procedente acceder a la solicitud que nos ocupa, de conformidad con lo...

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