Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 7 de Octubre de 1998

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El M.A.H. ha solicitado que se le declare impedido y, en consecuencia, se le separe del conocimiento de la demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción, interpuesta por la firma I., González-Ruíz & Alemán, en representación de TULIP INTERNATIONAL A/S, para que se declare nulo, por ilegal, el Resuelto No. 7171 de 15 de septiembre de 1995, dictado por la Directora General de Comercio Interior del Ministerio de Comercio e Industrias, actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones.

El M.H. fundamenta su solicitud de impedimento argumentando lo siguiente:

"Ello es así, puesto que en este proceso, Agencias Escoffery, S.A. se opone a la demanda antes señalada, y el P. y Representante Legal de dicha empresa, el señor T.F.G., es mi compadre y nos unen fuertes lazos de amistad.

Por ello considero que me encuentro en la causal de impedimento previsto en el numeral 4 del artículo 78 de la Ley 135 de 1943, en concordancia con el numeral 2 del artículo 749 del Código Judicial".

Analizando la posición del M.A.H. la luz de los preceptos legales invocados (artículo 78 numeral 4 de la ley 135 de 1943, en concordancia con el numeral 2 del artículo 749 del Código Judicial), y en aras de que no sobrevengan dudas en cuanto a si se afectaría uno de los principios fundamentales del proceso, esto es, la absoluta imparcialidad en la decisión judicial que debe recaer en el negocio antes descrito, la Sala estima que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR