Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 1 de Noviembre de 2006

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El Honorable Magistrado ANÍBAL SALAS CÉSPEDES ha solicitado al resto de los Magistrados que conforman esta Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia que lo declaren impedido, y se le separe del conocimiento de Incidente de Controversia dentro de la Querella interpuesta en contra de ALVARO VISUETTI, Director del Registro Público, por delito Contra La Fe Pública y Contra la Administración de Justicia.

Expresa el magistrado peticionario que su solicitud obedece a que el abogado incidentista, L.F.B.H., presentó denuncia en su contra ante la Comisión de Credenciales, Justicia Interior, Reglamento y Asuntos Judiciales de la Asamblea Legislativa en marzo de 2005, por lo que estima que aún cuando dicha denuncia fue archivada, nom puede soslayarse el contenido del artículo 760, numeral 11 del Código Judicial que preceptúa que:

"760. Ningún magistrado o juez podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido. Son causales de impedimento:

1. ....

11. Tener alguna de las partes proceso, denuncia o querella pendiente o haberlo tenido dentro de los dos años anteriores, contra el juez o magistrado, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos.

De lo expuesto se colige que el fundamento externado por el Magistrado A.S. se enmarca dentro de la causal contenida en el artículo antes transcrito, situación que se entiende extensible no sólo a las partes, sino también a los apoderados judiciales, conforme lo establece el artículo 779 del Código...

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