Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Junio de 2007

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución19 de Junio de 2007
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La Magistrada ESMERALDA ELIZABETH AROSEMENA DE TROITIÑO, ha presentado ante el resto de los Magistrados que integran la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, escrito en el que solicita que se le declare impedida para conocer el recurso de revisión incoado por el licenciado C.E.C.G. a favor de R.A.A. y contra la Sentencia No. 65 de 22 de agosto de 2000 emitida por el Juzgado Segundo de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de la Provincia de Panamá.

Señala la Magistrada AROSEMENA DE TROITIÑO que la solicitud de impedimento se sustenta en los numerales 1 y 2 del artículo 760, en relación con lo dicho en el artículo 2279, ambos del Código Judicial; que a la letra expresa lo siguiente:

Ningún Magistrado o Juez podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido.

Son causales de impedimento:

1.-El parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad entre el juez o su cónyuge, y alguna de sus partes;

2.-Tener interés debidamente acreditado en el proceso, el juez o magistrado, su cónyuge o alguno de sus parientes en los grados expresados en el ordinal anterior...

Siendo así, considera la Magistrada AROSEMENA DE TROITIÑO que la causal de impedimento se acredita en la medida que le une parentesco,dentro del cuarto grado de consaguinidad por línea colateral, con la persona en cuyo favor se ensaya el recurso extraordinario de revisión, pues advierte que es hija de D.P.E.A.M., quien a su vez era hijo de D.E.A.; en tanto que el sentenciado, R.A., es hijo de E.A., quien igualmente es hijo de E.A..

Visto y analizado lo dicho por la Magistrada AROSEMENA DE TROITIÑO; aprecia la Sala que procede la declaratoria de impedimento, toda vez que la misma es conforme a lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo 760 del Código Judicial, arriba citados.

PARTE RESOLUTIVA

En mérito a lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA...

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