Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, 30 de Enero de 2008
Ponente | Victor L. Benavides P. |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo |
VISTOS:
Mediante Vista N° 015 de 10 de enero de 2008, el Procurador de la Administración ha presentado solicitud para que se le declare impedido, y en consecuencia se le separe del conocimiento de la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por la licenciada A.A., actuando en su propio nombre y representación para que se declaren nulas por ilegales las cláusulas primera, tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima, décima, décima primera, décima cuarta, vigésima y vigésima cuarta de la Adenda N° 5 al Contrato 98 de 29 de diciembre de 1994, suscrita entre el Ministerio de Obras Públicas y las empresas Constructora Norberto Odebrecht S.A. y C.M.C.S.A., y las cláusulas segunda, quinta, sexta, séptima y décima primera del Anexo B de dicha Adenda.
El Procurador del Estado fundamenta su solicitud de impedimento en los siguientes términos:
"Esta solicitud de impedimento se fundamenta en el hecho que mediante la nota DM-AL-2579 de 9 de noviembre de 2006 absolví al Ministro de Obras Públicas diversas interrogantes relativas al tema de la cesión parcial de los deberes y derechos inherentes al contrato de concesión administrativa N° 98 de 29 de diciembre de 1994, suscrito entre el Estado y la compañía PYCSA Panamá, S.A., exclusivamente en lo que respecta al tramo Madden-Colón de la Autopista Panamá Colón, las cuales están vinculadas al objeto del presente proceso, situación que me coloca en la causal de impedimento prevista en el numeral 5 del artículo 760 del Código Judicial, en virtud de la remisión hecha por el artículo 395 del mismo Código ...
Por lo expuesto, solicito que conforme a la causal invocada, se me declare impedido legalmente para intervenir en el presente proceso y se me separe del conocimiento del mismo".
Quienes suscriben consideran prudente indicar que existe un error de redacción en la Vista 015 de 2008, toda vez que observamos que fue mediante Nota N° DS-09-07 de 18 de enero de 2007 que el señor Procurador de la Administración dio respuesta a la consulta a él dirigida por el Ministro de Obras Públicas a través de Nota DM-AL-2579. Sin embargo, considerando la...
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