Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 6 de Febrero de 2003

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El M.W.S. ha presentado solicitud para que se le declare impedido y en consecuencia se le separe del conocimiento de las excepciones de inexistencia de la obligación y falsedad de firma, incoadas dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Caja de Ahorros a JUAN ANTONIO DE LEON.

Para fundar su solicitud de impedimento, el Magistrado SPADAFORA invoca la causal contenida en el numeral 7 del artículo 760 del Código Judicial, al señalar: "soy deudor de la parte ejecutante en virtud de un contrato de leasing celebrado con ésta, el cual quedó debidamente inscrito en el Registro Publico el 26 de marzo de 2002".

Al analizar la solicitud presentada, esta Superioridad estima que el hecho invocado por el Honorable Magistrado SPADAFORA efectivamente se enmarca dentro del supuesto previsto en el numeral 7 del artículo 760 deL Código Judicial, razón por la cual es dable acceder a lo pedido.

Por consiguiente, el resto de los Magistrados que integran la Sala Tercera de la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA QUE ES LEGAL el impedimento...

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