Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 15 de Octubre de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Mediante Vista No. 489 de 14 de septiembre de 2004, la Procuradora de la Administración licenciada ALMA MONTENEGRO DE FLETCHER presentó solicitud para que se le declare impedida y, en consecuencia se le separe del conocimiento de la Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad interpuesta por el Licenciado C.A.A.M., en representación del M.E.A.Q.B. para que se declare nulo, por ilegal, el acto administrativo contenido en el Contrato de Compraventa, autorizado mediante Acuerdo No. 4 de 18 de enero de 2000, suscrito entre el Municipio de San Miguelito y la Comunidad Cristiana de Panamá Este.

La representante del Ministerio Público fundamenta su solicitud de impedimento arguyendo que intervino como consejera jurídica de la entidad demandada al emitir se opinión en torno al objeto del proceso, en la consulta C-No. 254 de 23 de agosto de 2002. La Procuradora de la Administración se pronuncia en los siguientes términos:

El señor ex ministro de Obras Públicas V.J., nos solicitó opinión jurídica sobre la venta por parte del Municipio de San Miguelito, del inmueble sobre el cual se encuentran ubicadas las instalaciones de ese ministerio.

En virtud de la atribución de consejera jurídica de los funcionarios administrativos, conferida en el artículo 6, numeral 1, de la Ley No. 38 de 31 de julio de 2000, procedí a emitir el correspondiente dictamen a través del documento No.C-254 fechado 23 de agosto de 2002.

Considerando la solicitud de la señora Procuradora de la Administración licenciada ALMA MONTENEGRO DE FLETCHER, a la luz del numeral 5 del artículo 7...

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