Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 18 de Noviembre de 2004

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El M.W.S.F. ha presentado solicitud para que se le declare impedido, y en consecuencia se le separe del conocimiento del Incidente de Levantamiento de Embargo interpuesto por la firma forense F. y F., quien actúa en nombre y representación de PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Autoridad de Aeronáutica Civil a Aviación de Turismo, S.A. (AVIATUR).

Para fundar su solicitud de impedimento, el Magistrado SPADAFORA ha señalado que "soy deudor de la entidad bancaria que actúa como incidentista, toda vez que mantengo con ésta contrato de tarjeta visa, convirtiéndome en deudor de la misma".

Al analizar la solicitud presentada, se constata que, efectivamente, el hecho invocado por el Magistrado SPADAFORA configura la causal de impedimento prevista en el numeral 7 del artículo 760 del Código Judicial, de acuerdo al cual, es causal de impedimento "ser el juez o magistrado o sus padres, o su cónyuge, o alguno de sus hijos, deudor o acreedor de alguna de las partes".

En estas circunstancias, es dable acceder a la solicitud presentada por el Magistrado SPADAFORA.

Por consiguiente, el...

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