Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 30 de Junio de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución30 de Junio de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La Procuradora de la Administración ALMA MONTENEGRO DE F. ha presentado solicitud para que se le declare impedida, y en consecuencia se le separe del conocimiento de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción interpuesta por la licenciada X.B. en representación del Banco Nacional de Panamá, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. P.C. 186-03 de 19 de mayo de 2003, dictada por la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.

Para fundar su solicitud de impedimento, la Procuradora ha manifestado que emitió dictamen en relación al asunto debatido en este caso, mediante Notas de 23 de diciembre de 2001 y 4 de julio de 2002, circunstancia que en su criterio, se enmarca dentro de la causal de impedimento contemplada en el numeral 5 del artículo 760 del Código Judicial.

Al analizar la solicitud presentada se constata que, efectivamente, el hecho invocado configura la causal de impedimento prevista en el artículo 760 numeral 5 del Código Judicial, aplicable a los agentes del Ministerio Público, por haber dictaminado por escrito respecto a los hechos que dieron origen al proceso.

En estas circunstancias, es dable acceder a la solicitud presentada por la señora Procuradora de la Administración.

Por consiguiente, la Sala Tercera de la Corte Suprema, administrando...

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