Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 30 de Noviembre de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Honorable Magistrado WINSTON SPADAFORA F., mediante escrito fechado 27 de octubre de 2004, ha manifestado impedimento para conocer del Incidente de Levantamiento de Embargo, interpuesto por la firma Fonseca y Fonseca, en representación del PRIMER BANCO DEL ISTMO S.A., dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Autoridad de Aeronáutica Civil a Transamérica Air Cargo Inc.

El Magistrado fundamenta su solicitud en los siguientes términos:

"Lo anterior obedece al hecho que soy deudor de la entidad bancaria que actúa como incidentista, toda vez que mantengo con ésta contrato de tarjeta visa, convirtiéndome en deudor de la misma, hecho que configura la causal de impedimento prevista en el numeral 7 del artículo 760 del Código Judicial, que expresa lo siguiente:

Artículo 760. Ningún magistrado o juez podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido. Son causales de impedimento:

...

7. Ser el juez o magistrado o sus padres, o su cónyuge o alguno de sus hijos, deudor o acreedor de alguna de las partes;

Por tanto, pido que se me separe del conocimiento del presente negocio".

El resto de la Sala observa que la circunstancia invocada por el Magistrado W.S.F.. ciertamente se subsume en la causal de impedimento prescrita en el numeral 7 del artículo 760 del Código Judicial, por...

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