Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, 7 de Noviembre de 2007

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2007
EmisorSala Tercera de lo Contencioso Administrativo

VISTOS:

La firma G. & Asociados, en representación del PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., ha interpuesto Incidente de Rescisión de Secuestro dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Caja de Ahorros a I.D..

Mediante resolución de 28 de abril de 2006 se admitió el Incidente y se le corrió traslado al Ejecutado y al Ejecutante, al igual que al Procurador de la Administración, todos por el término de tres días.

Manifiesta el incidentista por intermedio de su

apoderado judicial, lo siguiente:

"FUNDAMENTO DEL INCIDENTE:

PRIMERO

Que mi mandante es una empresa que comercialmente se dedica al negocio del financiamiento en general, de conformidad a nuestro derecho positivo vigente.

SEGUNDO

Que para el 10 de mayo de 1999, conforme a la obligación de la cual mi representado es titular acreedor, se le prestó a los demandados L.R.M.B. e I.A.D.M.C. la suma de TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DOS BALBOAS (B/.35,502.00).

TERCERO

Que para garantizar el cumplimiento de dicha obligación los demandados L.R.M.B. e I.A.D.M.C. constituyeron primera HIPOTECA Y ANTICRESIS, a favor de PRIMER BANCO DE AHORROS, S.A. por la suma de CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BALBOAS (B/.35,502.00), sobre la finca Nº 179514, rollo Nº 32478 complementario, documento Nº 2, de la Sección de la Propiedad de la Provincia de Panamá, tal y cual consta en la Escritura Pública Nº 4373 del 10 de mayo de 1999, extendida por la Notaria Duodécima Circuito de la Provincia de Panamá, inscrita en el Registro Público en la Sección de Micropelículas de Hipotecas y Anticresis en la ficha 206650, Rollo Complementario 32478, Documento 2.

CUARTO

PRIMER BANCO DEL ISTMO S.A., es titular del crédito hipotecario y anticretico antes descrito por razón de fusión con PRIMER BANCO DE AHORROS, S.A., según consta inscrito a la ficha 12425, documento 272649, mediante escritura pública Nº 9386 de 10 de septiembre de 2001 de la Notaria Octava de Circuito de Panamá.

QUINTO

Sobre la finca Nº 179514, rollo Nº 32478 complementario, documento Nº 2, de la Sección de la Propiedad de la Provincia de Panamá, el Juez Ejecutor de la Caja de Ahorros, decretó secuestro mediante auto Nº 1058, del 15 de abril de 2003, sobre cuotaparte del referido inmueble de propiedad de I.A.D.M.C., ingresado en el Registro Público, bajo el asiento 41399 del tomo del diario del año 2003.

...

SOLICITUD ESPECIAL: Por los hechos y consideraciones jurídicas antes expuestos le solicitamos respetuosamente al Magistrado Presidente de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, para que previo cumplimiento de los trámites de rigor decrete la Rescisión de Secuestro, sobre la cuotaparte de finca Nº 179514, rollo Nº 32478 complementario, documento Nº 2, de la Sección de la Propiedad de la Provincia de Panamá, de propiedad de I.A.D.M.C., conforme dispone el artículo 560 numeral 2 del Código Judicial, poniendo la cuotaparte del referido bien hipotecado a disposición del Juzgado Tercero de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, a efectos de que pueda verificar el depósito correspondiente y en privadas que sean necesarias, a fin de cumplir con el levantamiento y cancelación del secuestro antes referido.

Se solicita que de haberse elevado a embargo el secuestro decretado por el Juzgado Ejecutor de la Caja de...

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