Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 30 de Abril de 2003

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución30 de Abril de 2003
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La firma forense BGP-ABOGADOS presentó ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, solicitud para que dentro de la acción de Amparo de Garantías Constitucionales promovida por Central de Fianzas, S.A., contra la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS DE PANAMÁ, se declarara en desacato a la autoridad demandada.

Según se señala en la incidencia, la autoridad demandada se ha negado a suspender los efectos del acto impugnado, en este caso la Nota DSR-1190 de 27 de noviembre de 2002 emitida por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, a pesar de que luego de ser admitida la acción de amparo, le fue comunicada la orden de suspensión mediante Nota N° 2877-02 de 30 de diciembre de 2002.

Como quiera que las solicitudes de desacato, tienen un carácter accesorio dentro de un proceso y no teniendo previsto en la legislación procesal un procedimiento específico, se le debe imprimir el trámite de incidentes, de conformidad con el artículo 698 del Código Judicial.

No obstante, el proceso principal, en este caso la acción constitucional de amparo de garantías, si bien fue admitida para su mejor estudio, posteriormente fue declarada no viable mediante resolución de veintiocho (28) de marzo de 2003, en atención a que entre otras cosas, al momento de admitirse la demanda, ya había sido publicado en un diario de circulación nacional el Margen de Solvencia y L. de la empresa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR