Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Mayo de 2003

PonenteCésar Pereira Burgos
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2003
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia de Incidente de Controversia promovido por el licenciado I.G. contra la providencia de 31 de enero de 2002, proferida por la Fiscalía Auxiliar de la República, dentro de las sumarias seguidas a A.R. y otros por el supuesto delito de corrupción de menores.

Del escrito de incidente se le dio traslado al Procurador General de la Nación por mandato del artículo 704 del Código Judicial. En ese sentido, el Procurador General profirió la Vista No. 41 de 21 de abril de 2003, recomendando inhibirse del presente incidente y remitirlo a la esfera circuital, porque el incidente promovido no es competencia de la Sala Penal, ya que el delito que se investiga, es el de corrupción de menores, y de acuerdo a lo previsto en el numeral 13 del artículo 159 del Código Judicial, está atribuido a los Juzgados de Circuito, al tener una pena mayor a los dos años (f. 13).

La Sala comparte el criterio vertido por el Procurador de la Nación, toda vez que el incidente de controversia, como iniciativa procesal destinada a enervar decisiones emanadas de los agentes de instrucción, debe proponerse ante la autoridad jurisdiccional competente para conocer el hecho punible investigado (art. 1993).

El delito de corrupción de menores, consagrado en el artículo 226 del Código Penal, tiene prevista una sanción de 2 a 4 años de prisión; el artículo 159 del Código Judicial le atribuye competencia para conocer de los delitos que tengan fijada pena de prisión mayor de dos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR