Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Mayo de 2003

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma R. y R., actuando en nombre y representación de GRUPO FINANCIERO DELTA CORP., ha interpuesto ante la Sala Tercera incidente de rescisión de secuestro dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que la Caja de Ahorros le sigue a JULIO PÉREZ FREEMAN y ÁNGEL R.H.O.

Mediante auto de 20 de diciembre de 2002, se admitió el incidente de rescisión de secuestro presentado y se hizo traslado del mismo al Juez Ejecutor de la Caja de Ahorros e igualmente a la Procuradora de la Administración.

ARGUMENTOS DEL INCIDENTISTA:

La firma Rosas y R. fundamenta el incidente de rescisión de secuestro en los siguientes términos:

"PRIMERO: La Caja de Ahorros, a través del Juzgado Ejecutor, decretó formal secuestro en contra de los bienes del señor ÁNGEL HERERRA, y específicamente sobre el vehículo Toyota Tercel, motor 2E3054649, placa 184973, placa 184973, propiedad del mismo e inscrito en el Municipio de Panamá, la cual fue comunicada a este mediante oficio LDEB (171-98) 4528 el día 30 de noviembre de 2001. A su vez al Registro Vehicular a través de oficio 2848, del 5 de julio de 2002.

SEGUNDO

A través de la escritura Pública No.4802 del 9 de agosto de 1997, se celebró contrato de préstamo, con la garantía hipotecaria del vehículo Toyota, Tercel, motor 2E3054649, placa 184973, la cual fue registrada a la ficha No.166681, Documento 207771, desde el 7 de marzo de 2001.

TERCERO

Para el 24 de julio de 2001, mediante Auto No.1579, el Juzgado Décimo Cuarto de Circuito Civil, del Primer Circuito Judicial de Panamá, decretó embargo a favor de nuestra representada, y en contra del señor ÁNGEL HERRERA, sobre el vehículo Toyota Tercel motor 2E3054649, placa 184973, propiedad de este último.

CUARTO

Posteriormente el Juzgado Décimo Cuarto de Circuito Civil, del Primer Circuito Judicial de Panamá, decretó la Adjudicación definitiva a favor del GRUPO FINANCIERO DELTA CORP., sobre el vehículo Toyota, Tercel, motor 2E3054649, placa 184973, no obstante la medida cautelar aplicada por su despacho impide lo decidido por dicho juzgado.

QUINTO

El artículo 560 numeral 2 del Código Judicial, señala que tiene derecho a solicitar la rescisión del depósito de una cosa, quien mantiene a su favor una hipoteca sobre el mismo bien, de fecha anterior al mismo secuestro. Por su parte el artículo 561 del Código Judicial detalla que también tienen derecho a solicitar la rescisión a que se refiere el artículo antes citado los...

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