Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Mayo de 2005

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2005
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense BRIN FÁBREGA & CORBETTI, quien actúa en nombre y representación de R.H.T. DE LEÓN, ha solicitado a esta S. aclaración de la sentencia expedida el día 27 de abril de 2005, mediante la cual se resolvió declarar no probado los incidentes de nulidad por falta de notificación y caducidad extraordinaria de la instancia interpuestos a favor de su representado dentro del Proceso Ejecutivo por Cobro Coactivo que la CAJA DE AHORROS le sigue a este y a Z.N.J..

La aclaración de sentencia promovida, pretende que esta Superioridad revise nuevamente los puntos dilucidados en la decisión de fondo, lo cual no es posible de conformidad con el artículo 999 del Código Judicial, que únicamente permite aclaraciones cuando existan frases oscuras o de doble sentido en la parte resolutiva de la sentencia o en relación a errores aritméticos o de escritura o de cita o en relación con los frutos, intereses, daños y perjuicios y costas.

No habiéndose configurado ninguno de los supuestos estipulados en la ley que permitan a esta S. pronunciarse con relación a la solicitada aclaración, esta Superioridad estima que no es procedente acceder...

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