Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 26 de Abril de 2004

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución26 de Abril de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada A.P., quien actúa en representación del BANCO GENERAL, S.A., ha presentado Incidente de Rescisión de Secuestro, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU) le sigue a M.O., SAADYA ORIOL Y HUMBERTO APOLAYO.

Admitido el incidente se corrió traslado a los ejecutados M.O., SAADYA ORIOL y H.A.; al ejecutante y a la Procuradora de la Administración por el término de la ley.

ARGUMENTOS DEL INCIDENTISTA

La parte actora señala que dentro del proceso ejecutivo hipotecario de bien inmueble con renuncia de trámite propuesto por el BANCO GENERAL, S.A. contra los señores M.O.E.Y.B.R.D.O., la Juez Primera de Circuito de lo Civil del Segundo CircuitoJudicial de Panamá, dictó el Auto 3425-03 del 9 de julio de 2003, por medio de cual se decretó embargo, pendiente de inscripción, sobre la Finca 138353, inscrita en el Registro Público al rollo 15963, documento 3, de la Sección de la Propiedad, Provincia de Panamá, de propiedad de M.O.E.Y.B.R.D.O., a favor del BANCO GENERAL, S.A., hasta la concurrencia de la suma de VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE BALBOAS CON VEINTICINCO CENTÉSIMOS (B/.27,479.25), en concepto de capital, intereses, comisiones, costas y gastos.

En adición a lo anterior, indica que a ficha 128971, rollo 15963, documento 3, de la sección de Hipotecas y Anticresis del Registro Público, desde el 12 de julio de 1994, se encuentra inscrita y vigente a favor del BANCO GENERAL, S.A. la primera hipoteca y anticresis que pesa sobre la Finca 138353, antes individualizada.

Por otro lado, el incidentista argumenta que mediante Auto 1628 del 20 de septiembre de 1999, el Juzgado Ejecutor del IFARHU decretó secuestro sobre la Finca 138353, sobre la cual está pendiente de inscripción orden de embargo dictada dentro del proceso descrito en el párrafo anterior.

Dado que la primera hipoteca y anticresis que pesa sobre la Finca 138353 fue inscrita con anterioridad a la fecha del secuestro emitido por el IFARHU, el recurrente solicita a la Sala que rescinda el secuestro que pesa sobre el bien inmueble antes citado, de manera que pueda inscribir en el Registro Público de la propiedad su título de dominio, y en base a lo regulado en el artículo 560, numeral 2, del Código Judicial.

CONTESTACIÓN DE LA ENTIDAD EJECUTANTE

El apoderado judicial del IFARHU, en escrito fechado el 3 de marzo de 2004, al dar contestación al libelo presentado, reconoció todos...

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