Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 31 de Enero de 2011

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución31 de Enero de 2011
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado H.O.G., actuando en representación de E.G.,ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución S/N del 12 de diciembre de 2007, emitida por el Director del Instituto de Artes Mecánicas del Ministerio de Educación, los actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante la resolución de 22 de mayo de 2009 (f.29), se admite la demanda presentada, y se ordena correrle traslado al Procurador de la Administración y a la Entidad demandada, a efectos de rendir el informe explicativo de conducta, contemplado por el artículo 33 de la Ley 33 de 1946.

  1. ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO

    El acto administrativo que se impugna, lo representa la Resolución S/N de 12 de diciembre de 2007, dictado por el Director del Instituto de Artes Mecánicas del Ministerio de Educación, en cuya parte resolutiva, se resuelve lo siguiente:

    "ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con TRASLADO al P.E.G., con cédula de identidad personal N° 9-143-967, de la cátedra de Ebanistería del Instituto de Artes Mecánicas, por reincidencia en la "Inadaptabilidad comprobada por su conducta hostil y disociadora" y por la "Provocación de disgustos serios con los padres de familia o con los compañeros de labores"..

    ..."

  2. ARGUMENTOS DE LA PARTE ACTORA

    El demandante pretende, con esta acción contencioso administrativa de plena jurisdicción, la declaratoria de ilegalidad de la Resolución S/N de 12 de diciembre de 2007, dictada por la Dirección del Instituto de Artes Mecánicas, provincia de H. y demás actos confirmatorios, por ser violatoria de las normas legales.

  3. HECHOS Y OMISIONES EN QUE SE FUNDAMENTA LA DEMANDA

    Como fundamentos de la demanda, la parte actora reseña los siguientes:

    PRIMERO: Que mi representado es Profesor de Ebanistería en el Instituto de Artes Mecánicas, ubicado en Divisa, Provincia de H..

    SEGUNDO: Que la Dirección del plantel acoge una nota de 2 docentes en la que señalan supuestas faltas de mi representado.

    TERCERO:Que la Dirección del plantel. Sin emitir Providencia cabeza del expediente que haga constar que se abre una investigación, mediante la Providencia de fecha 31 de octubre de 2007 formula Pliego de cargo contra mi representado.

    CUARTO: Que con este proceder el Director lo que hizo fue continuar un proceso anterior en el que se amonestó a mi representado, es decir ya se le había sancionado.

    QUINTO: Que mi representado contestó en tiempo oportuno el Pliego de cargos formulado por el Director.

    SEXTO: Que la Dirección del plantel emitió la Resolución S/N de 12 de diciembre de 2007, por la cual se resuelve Sancionar con Traslado a mi representado.

    SÉPTIMO: Que la comisión de dichas faltas no encuentra sustento ni prueba en el expediente, por lo que es excesivo aplicar la sanción de Traslado a mi representado.

    OCTAVO: Que mi representado interpuso en tiempo oportuno Recurso de Reconsideración con Apelación en Subsidio en contra de la Resolución S/N de 12 de diciembre de 2007, en el cual se le advierte al Director del plantel que no es competente para sancionar con...

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