Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 10 de Mayo de 2011

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2011
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: La Subdirectora General de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante nota A.J. No.2119 de 31 de agosto de 2010, remitió a esta Superioridad, la Asistencia Judicial Internacional, dentro del proceso que se sigue contra CHIJIN SHIPPING S.A. (D3/5013TR2010 PANAMA), librado por el Tribunal de Comercio de París, Francia. De acuerdo al numeral 3 del artículo 100 del Código Judicial, la Sala Cuarta de Negocios Generales, es competente para recibir los exhortos y cartas rogatorias librados por tribunales extranjeros, asimismo, para determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o tribunal que debe cumplirlo. La petición del país exhortante, consiste en una notificación y entrega de documento a la empresa CHIJIN SHIPPING S.A. (D3/5013TR2010 PANAMA), con domicilio en el Edificio Swiss Bank, piso 16, calle 53 obarrio, ciudad de Panamá, con la finalidad que comparezca ante el Tribunal de Comercio de París, toda vez que, el Presidente del Tribunal antes citado, el 24 de julio de 2009, autorizó el embargo del buque M/V SAFE VOYAGER, perteneciente a la compañía CHIJIN SHIPPING S.A. En vista que, la República de Panamá y Francia, no han suscrito convenio alguno que rija la cooperación judicial de carácter internacional, la petición solicitada se sustanciará en atención a la buena fe que debe caracterizar a los países miembros de la comunidad internacional, y al principio de reciprocidad, tomando como marco jurídico el artículo 877 del Código Judicial. De acuerdo a la norma antes mencionada, la documentación presentada se encuentra debidamente autenticada a través del mecanismo de la apostilla, al igual que está traducida del idioma francés al español por intérprete público autorizado (fs. 3, 7, 8 y 9). Sin embargo, advierte la Sala que el auxilio judicial solicitado por las autoridades requirentes, es sobre una notificación y entrega de documentos a la empresa CHIJIN SHIPPING .S.A. (D3/5013TR2010 PANAMA), con funciones en la República de Panamá, a fin de que comparezca a una audiencia programada para el día 21 de octubre de 2010, ante el Tribunal de Comercio de París. No obstante, el expediente luego de ingresar a este despacho, y de haberse sometido a reparto, pasó para resolver el día 21 de septiembre de 2010, pese a que, aún hay un mes de por medio entre una y otra fecha, no alcanzaríamos a concluír su diligenciamiento en nuestro país, así como tampoco, llegaría a tiempo al país de...

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