Fallo de la Corte Nº 705-07 de 29 de mayo de 2009, 'DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, INTERPUESTA POR EL LCDO. ALEJANDRO PÉREZ SALDAÑA EN REPRESENTACIÓN DE LUIS EDUARDO CAMACHO CASTRO, PARA QUE SE DECLARE NULA, POR ILEGAL, LA RESOLUCIÓN NO.327 DEL 30 DE AGOSTO DE 2007, EMITIDA POR LA MINISTRA DE VIVIENDA, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL NO.25,901 DEL 18 DE OCTUBRE DE 2007.'

Entrada No.705-07 Magistrado Ponente: Winston Spadafora F.

Demanda contencioso Administrativa de Nulidad, interpuesta por el lcdo. Alejandro Pérez Saldaña en representación de Luis Eduardo Camacho Castro, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No.327 del 30 de agosto de 2007, emitida por la Ministra de Vivienda, publicada en la Gaceta Oficial No.25,901 del 18 de octubre de 2007.

Panamá, viernes 29 de mayo de dos mil nueve (2009)

V I S T O S:

El licenciado Alejandro Pérez Saldaña, actuando en nombre y representación de LUIS EDUARDO CAMACHO CASTRO, ha interpuesto demanda contencioso administrativa de nulidad para que se declare que es nulo, por ilegal el artículo 29 de la Resolución No.327-2007 de 30 de agosto de 2007, emitida por el Ministerio de Vivienda.

I EL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO

El artículo demandado se encuentra inserto en la Resolución No.327-2007 de 30 de agosto de 2007, emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, "POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO INTERNO DE EL MINISTERIO DE VIVIENDA".

El artículo acusado de ilegal señala lo siguiente:

"Artículo 29. DE LA CONFIDENCIALIDAD. Serán considerados confidenciales los informes que reposen en los archivos, los resultados de las actividades y demás documentos similares, hasta tanto su divulgación sea autorizada.".

II FUNDAMENTO DE LA DEMANDA

La demanda visible a fojas 48 a la 56, en lo medular señala que el Ministerio de Vivienda, mediante Resolución No.327 del jueves 30 de agosto de 2007, adoptó el Reglamento Interno de dicha institución estatal, siendo el mismo publicado en la Gaceta Oficial No.25901 del jueves 18 de octubre de 2007, documento que establece en su Capítulo VI, Artículo 29, la confidencialidad de los informes que reposen en los archivos, los resultados de las actividades y demás documentos, hasta tanto su divulgación sea autorizada, el cual considera debe ser declarado nulo, por ilegal.

En ese sentido, señala la demandante como violados por parte del artículo demandado, los artículos 12 y 15 del Código Civil, artículo 1 numeral 2, 5 y 10, así como también el artículo 2 de la Ley No.6 de 22 de enero de 2002.

Al explicar el concepto de la infracción de las referidas normas legales, el demandante señala que en el presente caso la violación se produce por que una ley jerárquicamente inferior no puede modificar una de mayor jerarquía.

Continúa señalando la demandante que el artículo 29 de la Resolución 327-2007 de 30 de agosto de 2007, infringe el ordenamiento jurídico, ya que establece de hecho un concepto especial de lo que es información confidencial, contrario a los dispuesto en la Ley No.6 de 22 de enero de 2002, la cual es una norma especial, aprobada por la Asamblea Legislativa, jerárquicamente superior a la Resolución 327-2007, de 30 de agosto de 2007.

Manifiesta el demandante, que lo establecido en el artículo 29 de la Resolución No.327-2007, de jueves 30 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR