Resolución Administrativa Nº 2009-162 de 12 de junio de 2009, 'POR LA CUAL SE DECLARA A LA EMPRESA COMPAÑÍA MINERA SANTA COMBA, S.A., ELEGIBLE DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE RECURSOS MINERALES, PARA LA EXTRACCIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS (GRAVA CONTINENTAL)'.

REPUBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

RESOLUCION Nº2009-162

de 12 de junio de 2009.

EL DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

CONSIDERANDO:

Que mediante memorial presentado ante este Despacho por el Lic. Carlos E. Castillo De León, con oficinas ubicadas en Calle 31 Este, No.1-95, Segundo Piso, Oficina 7, corregimiento de Calidonia, de esta ciudad, en su condición de Apoderado Especial de la empresa COMPAÑÍA MINERA SANTA COMBA, S.A., debidamente inscrita en el Registro Público bajo la Ficha 510246, Documento 876564, se solicitó una concesión para la extracción de minerales no metálicos (grava continental) en cuatro (4) zonas de 721.32 hectáreas, ubicadas en el corregimiento de Pacora, distrito de Panamá, provincia de Panamá, la cual ha sido identificada con el símbolo CMSCSA-EXTR(grava continental)2008-09;

Que se adjuntaron a la solicitud los siguientes documentos:

Poder (Notariado) otorgado al Lic. Carlos E. Castillo De León, por la empresa COMPAÑÍA MINERA SANTA COMBA, S.A.;

Memorial de solicitud;

Copia (autenticada) del Pacto Social;

Certificado del Registro Público sobre la personería jurídica de la empresa;

Declaración Jurada (notariada);

Capacidad Técnica y Financiera;

Plan Anual de Trabajo e Inversión;

Planos Mineros e Informe de Descripción de Zonas;

Declaración de Razones;

Informe de Evaluaciones de Yacimientos;

Estudio de Impacto Ambiental;

Certificado de Catastro donde consta el nombre de los dueños de las fincas afectadas por la solicitud;

Recibo de Ingresos Nº 84813 de 30 de enero de 2008, en concepto de Cuota Inicial;

Que la Dirección Nacional de Recursos Minerales, solicitó a la empresa la corrección de los planos mineros de (4) zonas de 721.32 hectáreas, ubicadas en el corregimiento de Pacora, distrito de Panamá, provincia de Panamá, por no cumplir con la Ley 32 de 14 de febrero de 1996.

Que la empresa presentó los nuevos planos mineros corregidos con la descripción de zonas, de manera que la solicitud queda en (4) zonas de 497.08 hectáreas

Que de acuerdo con el Registro Minero, las zonas solicitadas no se encuentra dentro de áreas amparadas por solicitudes, concesiones o reservas mineras;

Que se han llenado todos los requisitos exigidos por la Ley para tener derecho a lo solicitado,

RESUELVE:

PRIMERO: Declarar a la empresa COMPAÑÍA MINERA SANTA COMBA, S.A., Elegible de acuerdo con las disposiciones del Código de Recursos Minerales, para la extracción de minerales no metálicos (grava continental) en cuatro (4) zonas de 497.08 hectáreas, ubicadas en el corregimiento de Pacora, distrito de Panamá, provincia de Panamá, de acuerdo a los planos identificados con los números 2009-35, 2009-36, 2009-37, 2009-38 y 2009-39.

SEGUNDO: Ordenar la publicación de tres Avisos Oficiales, en fechas distintas, en un diario de amplia circulación de la capital de la República, y por una...

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