Resolución Nº 64/09 de 20 de agosto de 2009, 'POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DE LA AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMA'.

RESOLUCIÓN No.64/09

(De 20 de agosto de 2009)

POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DE

LA AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMA

El Administrador General en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley Nº 4 de 27 de Febrero de 2008, por medio del cual se crea LA AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMA y se determina sus funciones, mediante la Resolución No. 06/09 del 20 de enero de 2009, adoptó el reglamento interno de la Autoridad de Turismo de Panamá.

Que como consecuencia del impulso turístico que ha tomado el interior del país, es necesario adoptar medidas para que las oficinas de la Autoridad de Turismo de Panamá ubicadas en el interior del país, brinden el servicio adecuado, facilitando la información y atención al visitante, razón por la cual, se hace necesario modificar el horario de trabajo de los servidores públicos del interior del país.

Que la Dirección de Carrera Administrativa mediante nota No. 101-01-2120/2009 del 13 de agosto de de 2009, no objeta la modificación elevada a la consideración de dicho organismo.

R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO

Modificar el artículo 45 de la Resolución No. 06/09 del 20 de enero de 2009, el cual quedará así:

ARTÍCULO 45

DEL HORARIO DE TRABAJO.

Los servidores públicos de la Autoridad de Turismo de Panamá deberán trabajar no menos de cuarenta (40) horas semanales, sobre la base de cinco días laborables, establecidos por la Ley. El servidor público de otra dependencia del Estado que preste servicio en esta Institución se regirá por el horario de trabajo que se le establezca.

Las Oficinas Regionales de la Autoridad de Turismo de Panamá, ubicadas en el interior de la República, laborarán en un horario diario de nueve y treinta de la mañana (9:30...

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