Fallo de la Corte Nº 392-04 de 9 de junio de 2009, 'DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, INTERPUESTA POR EL LICENCIADO NEMESIO FAJARDO ANGULO, EN REPRESENTACIÓN DE ADMINISTRACIÓN EJECUTIVA DE TRANSPORTE VERANILLO, S.A., PARA QUE SE DECLARE NULAS, POR ILEGALES, LAS RESOLUCIONES N° 149 DE 26 DE JULIO DE 1999, N° 156 DE 27 DE JULIO DE 1999 Y N° 158 DE 27 DE JULIO DE 1999, EMITIDA POR EL DIRECTOR NACIONAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA'.

ENTRADA Nº 392-04 Magistrado Ponente: VÍCTOR L. BENAVIDES P. DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, interpuesta por el licenciado Nemesio Fajardo Angulo, en representación de ADMINISTRACIÓN EJECUTIVA DE TRANSPORTE VERANILLO, S.A., para que se declare nulas, por ilegales, las Resoluciones N° 149 de 26 de julio de 1999, N° 156 de 27 de julio de 1999 y N° 158 de 27 de julio de 1999, emitida por el Director Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre del Ministerio de Gobierno y Justicia.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

SALA TERCERA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Panamá, nueve (9) de junio de dos mil nueve (2009).

VISTOS:

El licenciado Nemesio Fajardo Angulo, actuando en representación de ADMINISTRACIÓN EJECUTIVA DE TRANSPORTE VERANILLO, S.A., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, demanda contencioso administrativa de nulidad para que se declaren nulas, por ilegales, las Resoluciones N° 149 de 26 de julio de 1999, N° 156 de 27 de julio de 1999 y N° 158 de 27 de julio de 1999, emitida por el Director Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre del Ministerio de Gobierno y Justicia.

Admitida la demanda, mediante resolución calendada el 3 de agosto de 2004 (f.18), se corrió en traslado a la Dirección Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, para que rindiera el informe explicativo de conducta ordenado por el artículo 33 de la Ley 33 de 1946; y a la Procuraduría de la Administración, para que emitiese los descargos a que hubiere lugar.

EL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO

Los actos administrativos impugnados, están constituidos por las Resoluciones N° 149 de 26 de julio de 1999; N° 156 de 27 de julio de 1999; y, N° 158 de 27 de julio de 1999, las cuales resolvieron lo siguiente:

Resolución N° 149 de 26 de julio de 1999.

"Reconocer como Prestataria del servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros en la ruta TRANSISTMICA - VERANILLO Y VICEVERSA, Distrito de Panamá, Provincia de Panamá, a la Sociedad AMIGOS DE VERANILLO, S.A., inscrita a la ficha 276988, rollo 39807, imagen 2, del Registro Público (Persona Mercantil) por haber cumplido con el artículo 18 de la Ley 14 de 26 de mayo de 1993."

Resolución N° 156 de 27 de julio de 1999.

"Reconocer como Prestataria del servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros en la ruta VERANILLO - TUMBA MUERTO - CALLE 12 Y VICEVERSA, Distrito de Panamá, Provincia de Panamá, a la Sociedad AMIGOS DE VERANILLO, S.A., inscrita a la ficha 276988, rollo 39807, imagen 2, del Registro Público (Persona Mercantil) por haber cumplido con el artículo 18 de la Ley 14 de 26 de mayo de 1993."

Resolución N° 158 de 27 de julio de 1999.

"Reconocer como Prestataria del servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros en la ruta VERANILLO - VÍA ESPAÑA Y VICEVERSA, Distrito de Panamá, Provincia de Panamá, a la Sociedad AMIGOS DE VERANILLO, S.A., inscrita a la ficha 276988, rollo 39807, imagen 2, del Registro Público (Persona Mercantil) por haber cumplido con el artículo 18 de la Ley 14 de 26 de mayo de 1993."

  1. LOS ARGUMENTOS DE LA PARTE ACTORA

    Quienes demandan, solicitan a esta Sala que se declaren nulas, las resoluciones impugnadas, por medio de las cuales se les reconoció a la sociedad Amigos de Veranillo, S.A., como prestataria del transporte público de las rutas Transístmica - Veranillo y Viceversa; Veranillo - Tumba Muerto - Calle 12; y, Veranillo - Vía España y Viceversa, todas del distrito de Panamá.

  2. HECHOS Y CONSIDERACIONES EN QUE SE FUNDAMENTA LA DEMANDA

    La parte actora presenta como argumentos, los siguientes hechos a saber:

    "PRIMERO: Mediante las resoluciones números 149, 156 y 158 la dirección nacional de Tránsito y Transporte Terrestre reconoce a la Sociedad Amigos de Veranillo, S.A., como propietaria del servicio Terrestre colectivo de pasajeros en la ruta Veranillo - Vía España y Viceversa; Veranillo - Tumba Muerto - calle y Transístima - Veranillo y Viceversa todas del distrito de Panamá, provincia de Panamá.

    SEGUNDO: La Sociedad Amigos de Veranillo...

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