Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 16 de Noviembre de 2005

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2005
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá mediante Nota A.J. No. 2269 del 29 de agosto de 2005, nos ha remitido a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia el exhorto librado por la Segunda Sala Penal Especial de Lima, Perú, mediante la cual solicita la declaración testimonial para el 25 de agosto de 2005, del testigo E.F.L.A., relacionada con el proceso penal seguido contra J.G.V.R. y OTROS, por el delito contra la Administración Pública, Enriquecimiento Ilícito y otros, en agravio del Estado Peruano.

De conformidad con el numeral 3 del artículo 100 del Código Judicial, corresponde a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la República de Panamá, recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por tribunales extranjeros para su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o tribunal que debe cumplirlo.

La solicitud de Asistencia Judicial Extranjera pone de manifiesto que el propósito de la misma es, notificar al ciudadano ecuatoriano E.F.L.A. , domiciliado en C.M.M.I., Edificio Campo Alegre, Piso 02, Departamento 2C, ciudad de Panamá, República de Panamá, quien fuera ofrecido como testigo en el expediente No. 19-2001, para la cual deberá concurrir a la Sala de Audiencias del Penal de Lurigancho, Distrito de Lurigancho de la ciudad de Lima, República de Perú, para el día 25 de agosto del año en curso a horas de la 9:30 a.m, con el objeto de que rinda declaración testimonial.

Dentro de este contexto, procedemos a verificar la existencia de convenios internacionales que rijan ambas naciones, relativos a la materia.

La sala C., que tanto la República de Panamá como la República de Perú son signatarios de la Convención Interamericana sobre Asistencia Legal Mutua en Materia Penal, de tal forma que procedemos a confrontar su contenido con el suplicatorio presentado a efectos de determinar si resulta pertinente invocar la aludida Convención en el presente caso.

Ante este escenario jurídico...

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