Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 19 de Noviembre de 2004

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2004
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Mediante nota A.J. No. 2488 de 28 de septiembre de 2004 procedente del Ministerio de Relaciones Exteriores ha ingresado a esta Sala Cuarta de la Corte, Carta Rogatoria No.001 de 2004, librada por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bogotá D.C., Colombia, dentro del proceso ordinario interpuesto por CESAR DE J.R.R. contra LATIN AMERICAN HUMAN RESOURCES LTDA y WILLBROS INTERNATIONAL INC.

De acuerdo con el Código Judicial en su artículo 100 numeral 3, le corresponde a la Sala Cuarta de Negocios Generales la función de "recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o tribunal que debe cumplirlo".

EL SEÑOR JUEZ CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. REPUBLICA DE COLOMBIA:

RUEGA

A la H. Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá_Sala 4º de Negocios Generales, en la ciudad de Panamá, invocando el principio de reciprocidad internacional y en el ámbito de su competencia se sirva autorizar, con destino al Proceso Ordinario No. 0511-02, cuyas partes son como demandante el señor CESAR DE J.R.R. y como demandadas la sociedad LATIN AMERICAN HUMAN RESOURCES LTDA. Y la compañía WILLBROS INTERNATIONAL INC., teniendo en cuenta que el presente Juzgado 4ºLaboral del Circuito de Bogotá de la República de Colombia mediante la providencia del 7 de febrero de 2003 admitió la pertinente demanda, la práctica de la siguiente diligencia: notificar y correr traslado del auto admisorio de la demanda al señor (a) B.W.S., en su calidad de representante legal de la demandada WILLBROS INTERNATIONAL INC., o a quien haga sus veces, haciéndole entrega de la respectiva copia de la demanda y sus anexos, sociedad domiciliada en BANCOBER BUILDING_P.B. BOX 6307- PANAMÁ 5, EN LA CIUDAD DE PANAMÁ_ República de Panamá, cuya pertinencia se explica a continuación: Se debe dar conocimiento personal de la existencia de la demanda a la demandada WILLBROS INTERNATIONAL INC a objeto de que conteste la misma y se ejerza el derecho de defensa..."

Procede este ente Colegiado a verificar la existencia de Convenios Internacionales que rijan tanto a la nación colombiana como a la panameña, relativos a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR