Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 26 de Diciembre de 2002

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2002
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Conoce esta Sala IV de Negocios Generales de la Carta Rogatoria, remitida por el encargado de Asuntos Consulares de Roma-Italia, misma que procede de la República de Croacia, Tribunal de Comercio en Rijeka, dictada dentro del proceso instaurado por BRODOGRADLISTE KRALJEVICA-REPARO Y SERVICIOS D.O.O. KRALJEVICA, contra TRINOS SHIPPING CORP. PANAMÁ.

A la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia le corresponde recibir los exhortos y comisiones rogatorias libradas por Tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento, según o establecido en el numeral 3 del artículo 101 del Código Judicial.

Ante todo es preciso en primera instancia determinar si existe alguna convención internacional entre el Estado requirente y el requerido, de manera que el procedimiento a seguir para el diligenciamiento del exhorto sea conforme a ella.

En este sentido se observa que la petición de las autoridades de la República de Grecia se sustanciará en atención a la buena fe que deberá caracterizar a los países miembros de la comunidad internacional y al principio de reciprocidad, tomando marco legal el Código Judicial Panameño y el Derecho Internacional Público, dado que la República de Croacia y la República de Panamá no han suscrito convenio alguno que rija la cooperación judicial de carácter internacional.

Dicho Precepto como requisito para acceder a la solicitud básicamente es que la documentación aportada se suministre en idioma castellano producto de la traducción de interprete público autorizado, así como que dichos documentos se encuentren debidamente legalizados por el consulado o embajada panameña con funciones en el país del cual proceden o, en su defecto, por el representante consular o diplomático de una nación amiga. Cabe destacar que los documentos pueden ser autenticados mediante la incorporación de la apostilla.

Las autoridades Croatas adjuntan como documentos que sustentas su petición, demandas interpuestas por BRODOGRADLISTE KRALJEVICA-REPARO Y SERVICIOS D.O.O. KRALJEVICA, contra TRINOS SHIPPING CORP. PANAMÁ., la cual se encuentra domiciliada en Panamá.

Se observa que los documentos no portan la apostilla, al igual que en la documentación aportada no hay...

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