Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 31 de Julio de 2006

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución31 de Julio de 2006
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia conoce de la Carta Rogatoria librada por la Corte Estadounidense de Distrito del Distrito Este de Nueva York, dentro del proceso civil instaurado por THE PROCTER & GAMBLE COMPANY contra XETAL, INC. y OTROS.

La misma fue presentada por la firma forense "BENEDETTI & BENEDETTI", personas designada para actuar en conexión con la referida Carta Rogatoria, tal como se observa a foja 19 del expediente.

El artículo 100 numeral 3 del Código Judicial establece que la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia , es el ente idóneo para "Recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por Tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o Tribunal que debe cumplirlo".

El examen de la rogatoria permite apreciar que su objetivo consiste en: la notificación y entrega de los documentos que acompañan la solicitud, a FRED HARRICK., cuya dirección es Avenida Balboa, Centro Comercial Bay Mall, # 311C, Apartado Postal 55-1564, Paitilla, Panamá; de la demanda instaurada en su contra, tal como consta en el Formulario B del Protocolo Adicional a la Convención Interamericana Sobre Exhortos o Cartas Rogatorias.

Con el objeto de decidir sobre la viabilidad de esta solicitud, procede la Sala a examinar si cumple con los requisitos de orden formal para estos casos, de conformidad con nuestra legislación y convenios internacionales sobre la materia.

Cabe señalar que la República de Panamá así como los Estados Unidos de América, son países suscriptores de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, ratificada en nuestro ordenamiento jurídico, mediante Ley 12 de 23 de octubre de 1975, así como del Protocolo Adicional a dicha Convención, mediante el cual se facilita la cooperación internacional en materia de procedimientos judiciales.

Los documentos provenientes de la Corte Estadounidense de Distrito del Distrito Este de Nueva York en el proceso instaurado por THE PROCTER & GAMBLE COMPANY, han sido remitidos a esta Superioridad en Inglés con su debida...

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