Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 8 de Mayo de 2008

Número de expediente1304-07
Fecha08 Mayo 2008

VISTOS:

La Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia conoce del Exhorto librado por la Fiscalía de la Confederación suiza, relacionado con la investigación de Policía Judicial suiza N° EA 11/13/ 40277, por sospecha de estafa continuada, posible apropiación indebida, administración desleal en diversos aspectos de la gestión de negocios y falsedad.

El Suplicatorio en mención, pretende que las autoridades panameñas realicen una consulta, entre todos las entidades bancarias existentes en la República de Panamá para establecer si las siguientes personas y/o sociedades desde 01. 01. 1998 hasta hoy mantienen una relación bancaria (titular de cuenta, titular de depósito, titular de caja fuerte) son responsables económicos de una relación bancaria beneficial" owner" o disponen de pleno poder para una relación con cliente.

TOLINA Internaccional S. A. 53 rd Steet Obarrio, Torre Swiss Bank-16 th Floor, Panamá 5 República de Panamá.

Dieter BEHRING

Raymond POUSAZ

Peter WEIBLE / Peter Joseph WEIBEL

Arthur BUCK

Willy WUTHRICH / Willy WUWTHRICH

Moore Park Invstments Inc (BVI)

MPI International Ltd.

  1. La confiscación de todas las relaciones con clientes identificadas según Número 1 con la finalidad de embargo o de utilización como resarcimiento de perjuicios en favor de los perjudicados en el procedimiento de la Fiscalía de la Confederación contra D.B. y los demás imputados.

  2. Que se informe lo más rápidamente posible a la Fiscalía de la Confederación sobre los resultados de la consulta (Número 1) y sobre el volumen de lo confiscado (Número 2).

  3. Que se confisquen todas las documentaciones sobre apertura de cuentas, extractos completos de cuentas y depósitos y todos los mandatos de pagos de todas las relaciones con clientes identificadas de acuerdo con el Número 1 y que se entreguen a la Fiscalía de la confederación para su uso en procedimiento contra BEHRING y los demás imputados.

  4. Que se ofrezca a la Fiscalía de la Confederación la posibilidad de concretar más y si es necesario de completar el contenido de la presente solicitud de asistencia jurídica en Panamá.

    El numeral 3 del artículo 100 del Código Judicial indica que es competencia de la Sala Cuarta de Negocios Generales el recibir los exhortos y comisiones rogatorias librado por Tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o Tribunal que debe cumplirlo.

    Para determinar la viabilidad de la solicitud de asistencia judicial procederemos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR