Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 2 de Abril de 2008

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2008
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La Directora General de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Nota A.J. N1 538 de 6 de marzo de 2007, nos remite el exhorto librado por el Tribunal Decimoquinto, Circuito judicial de Palm Beach County, Florida, Estados Unidos de América, dentro del proceso de Resarcimiento por Daños interpuesto por RICHARD S. LECHMAN contra H.P.L., F.M., G.A.J., J.C., INFANTE & PÉREZ ALMILLANO, H.E.I., M. M. , Y EDNA RAMOS CHUE, para su trámite en el territorio nacional.

El artículo 100 numeral 3 del Código Judicial establece que la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia , es el ente idóneo para _Recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por Tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o Tribunal que debe cumplirlo_.

El examen de la rogatoria permite apreciar que su objetivo consiste en la pronta notificación de la demanda instaurada en contra de las personas que a continuación se detalla, tal como consta en el Formulario B del Protocolo Adicional a la Convención Interamericana Sobre Exhortos o Cartas Rogatorias:a. G.A.J.: con domicilio ubicado en Altos del Golf, Edificio N1 17, S.F., Panamá, República de Panamá. (Foja 13).b. J.C.: con domicilio en Partes Diesel S. A., Vista Hermosa, Vía Principal y Calle 4ta, Frente a Plaza Córdoba, Panamá, República de Panamá. (Foja 188).c. INFANTE & PÉREZ ALMILLANO: sociedad ubicada en Edificio St. Georges Bank, Piso 14, ciudad de Panamá, República de Panamá. (Foja 362).d. H.E.I.: ubicado en el Apartado 0830-00142 Zona 9 Panamá, República de Panamá. Alternativa: Edificio St. George Bank, Piso 14, Calle 50 y 74, S.F.. ( Foja 544).e. E.R.C.: Apartado 0830-00142 Zona 9 Panamá, República de Panamá. (Foja 601).f. F.M.: con domicilio ubicado en Calle 64 San Francisco, Edificio N1 16, Panamá, República de Panamá. (Foja 672).g. H.P.L.: en dirección Edificio Palacio Real (Royal Palace), Planta 11, calle A.B., P.P., Ciudad de Panamá, República de Panamá. (Foja 744). h. M.M.: localizable en Calle 64 San Francisco, Edificio N1 16, Panamá, República de Panamá. (Foja 817).

CONSIDERACIONES DE LA S ALA

Con el objeto de decidir sobre la viabilidad de esta solicitud, procede la Sala a examinar si la misma cumple con los requisitos de orden formal para estos casos, de conformidad con nuestra legislación y convenios internacionales sobre la materia.

Cabe señalar que la República de Panamá así como los...

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