Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 23 de Enero de 2009

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución23 de Enero de 2009
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La Subdirectora General de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante oficio A.J. No. 2128 de 26 de agosto de 2008, remite el exhorto librado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto turno de la Circunscripción del Alto de Paraná, República de Paraguay en los autos caratulados O.D.B.S..

La presente carta rogatoria tiene como propósito auxiliar judicialmente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de la Circunscripción del Alto de Paraná, solicitando declaración por parte del licenciado C.W. MORALES para que determine si el Poder otorgado, en su condición de Notario, fue en debida forma; además, de requerir al Registro Público certifique si el Poder aludido se encuentra inscrito y si el mismo ha sido objeto de modificaciones. Veamos:

"... que ante este Juzgado, Secretaría a cargo de la abogada G.M.M., se tramitan losautos caratulado: "O.D.B.C. s/EXHORTO", en el que se ha dictado la providencia de fecha 24 de junio de 2008, por la cual se dispuso la citación del LIC. C.W.M., NOTARIO PRIMERO DEL CIRCUITO COLON DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ, a fin de que informe si el poder especial, otorgado por el señor J.S. SEGURA al abogado D.T.E.C., conforme escritura pública No 52 de fecha 02 de febrero de 2005, ha sido otorgado según las formalidades y solemnidades para este tipo de negocios en la República de Panamá, y en su caso informe sobre la vigencia del Poder mencionado. Asimismo solicita a V.S., se sirva recabar informe del Registro Publico respectivo, si dicho poder ha sido inscripto y en su caso si ha sufrido modificación alguna. .../"

CONSIDERACIONES

Sobre esta petición, el artículo 100 numeral 3 del Código Judicial determina que es la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia la encargada de recibir y tramitar los exhortos y cartas rogatorias, veamos:

Artículo 100. (101) A la Sala Cuarta corresponde:

1-...

2-...

3-Recibir los exhortos y comisiones rogatoriaslibrados por tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o tribunal que debe cumplirlo.

4.-...

Con el objeto de decidir la viabilidad de esta solicitud, procede esta Colegiatura ha examinar si cumple con los requisitos de orden formal para estos casos, de conformidad con nuestra legislación y convenios internacionales sobre esta materia.

Es necesario señalar que tanto Panamá como Paraguay son países suscriptores de...

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